De acuerdo con la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hay dos modalidades o esquemas en los que los asegurados pueden pensionarse: por el Régimen de la Ley de 1973 y el de la Ley de 1997.
Hay que destacar que existen diferencias en ambas leyes tanto en lo que se refiere al pago de la pensión como en el proceso y los requisitos para el otorgamiento de la misma, por lo que enseguida abordaremos estos puntos.
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Vamos abordar primero el Régimen de la Ley de 1973, ya que quienes pertenecen a este esquema son aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Mientras que los que lo hicieron después de esta fecha pertenecen a la modalidad de la Ley de 1997.
En el primero de los casos, el pensionado recibirá una pensión considerada renta vitalicia y será el IMSS el organismo que se encargará de proveer el recurso con el apoyo del Gobierno federal.
¿Cuántas semanas necesito cotizar para pensionarme por el Régimen de la Ley de 1973?
Para pensionarte por el Régimen de la Ley de 1973 debes contar con 500 semanas cotizadas ante el IMSS, equivalentes a alrededor de 10 años de trabajo. En este caso, la cantidad de pensión que recibirás será el salario promedio de los últimos 5 años trabajados antes del retiro.
Esta pensión se puede tramitar mediante dos modalidades:
- Cesantía: cuando un trabajador entre 60 y 64 años solicita pensionarse.
- Vejez: cuando un trabajador mayor a 65 años solicita pensionarse.
¿Qué tipo de pensión recibiré si me jubilo por la Ley IMSS de 1997?
Si eres pensionado por la Ley del IMSS de 1997 existen dos opciones para tu retiro: Retiro programado y Renta vitalicia, en ambos casos será una aseguradora con el saldo de tu Cuenta individual la que te proporcionará la pensión.
Para ser acreedor a este beneficio deberás contar con un mínimo de 1250 semanas de cotización ante el IMSS, es decir, alrededor de 25 años de trabajo formal. Mientras que la cantidad que recibirás será la correspondiente a los recursos ahorrados en la cuenta de Afore, más los rendimientos que se hayan generado durante tu vida laboral.
¿Cuál es la edad mínima para recibir tu pensión?
La pensión por la Ley del IMSS de 1997 se puede tramitar en los siguientes tres casos:
- Retiro anticipado: cuando un trabajador menor a 60 años solicita pensionarse.
- Cesantía: cuando un trabajador entre 60 y 64 años solicita pensionarse.
- Vejez: cuando un trabajador mayor a 65 años solicita pensionarse.