El 30 de septiembre concluye el plazo por el que la Secretaría de Economía (SE) modificó la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación que exenta del pago de importación y exportación a los vehículos eléctricos nuevos para el transporte de 10 o más personas y aquellos dedicados al transporte de mercancías.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicado el 3 de septiembre de 2020, las modificaciones a la Tarifa de la Ley, fue temporal, por un lapso de cuatro años, esto es de 2020 a 2024, a fin de impulsar el uso de vehículos eléctricos, buscando con ello, la migración a modelos de producción y consumo que reduzcan el uso de recursos naturales y minimicen la generación de gases de efecto invernadero.
En 2020, la Secretaría de Economía reconoció en el decreto que en México no existían fracciones arancelarias específicas para identificar a los automóviles eléctricos, sin embargo, el arancel de importación de este tipo de vehículos para el transporte de más de 10 personas era de 20 por ciento y el impuesto para los vehículos eléctricos ligeros y para el transporte de mercancías era de 15 por ciento.
Por ello, se crearon dos fracciones arancelarias para identificar a los vehículos automóviles eléctricos y se modificaron otras tres fracciones arancelarias para la importación y se exentaron temporalmente el arancel.
MAAZ