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PENSIONES

Jubilados IMSS: ¿Cuáles son las diferencias entre pensión por riesgo de trabajo y por invalidez?

Una de las pensiones tiene mayores beneficios y cortos trámites

ECONOMÍA

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La pensión por riesgo de trabajo y por invalidez son de las varias opciones que presenta el IMSS.Créditos: Pixabay

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene entre su extensa baraja de pensiones, el de invalidez y el de riesgo de trabajo; aunque parecieran tener el mismo contenido, ambos presentan diferencias en cuanto a derechos ofrece a los trabajadores.

Aunque ambas pensiones cuentan con la atención médica como principal característica tras sufrir algún tipo de accidente laboral, en caso de que las heridas o el tratamiento se compliquen, tocará a la pensión seleccionada entrar en acción para brindar los beneficios al trabajador que cotiza en el Seguro Social.

En términos generales, cuando el trabajador haya quedado sin poder seguir realizando sus labores por consecuencia de un accidente de trabajo, le convendrá tomar una de las dos pensiones que le será más efectiva que el otro tipo de pensión. A continuación sus diferencias. 

Diferencias entre pensión por riesgo de trabajo y por invalidez

La pensión por riesgo de trabajo tiene mayores beneficios directos cuando el trabajador sufre algún accidente fuerte, a diferencia de la pensión por invalidez que da un monto menor de dinero a cubrir para el empleado.

Por lo tanto, con la pensión por riesgo de trabajo el beneficiario recibe un monto mayor de dinero, por lo que en el momento de acudir a la cita en la clínica del Seguro Social, se deberá indicar que se trató de un accidente laboral.

Mientras que la pensión por invalidez se presenta cuando el beneficiario se accidenta en actividades no relacionadas con el trabajo, esto es cuando se hace alguna actividad relacionada con el empleo en casa o bien en el transcurso del viaje para ir a laborar.

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Este tipo de pensiones son parecidos, pero diferentes entre sí. Foto: Archivo

Para obtener la incapacidad permanente por riesgo de trabajo, el Seguro Social brinda el servicio cuando el beneficiario se accidenta o está enfermo y no puede cumplir con sus obligaciones laborales, para poder acceder a este servicio, los requisitos son:

  1. El trabajador tenga vigente sus derechos y que haya sufrido un accidente que le genere la imposibilidad permanente o parcial para laborar.
  2. La incapacidad debe ser determinada por los servicios médicos institucionales a través del formato ST-3.

Una vez realizado y autorizado el trámite, al beneficiario se le dará una parte de su sueldo en caso de que su incapacidad sea parcial, y del 100 por ciento si es permanente, en este caso no es necesario cumplir con un mínimo de años cotizando. En el caso de la pensión por invalidez, el beneficio suele ser más bajo.

Para dicha pensión, es necesario que el trabajador cumpla al menos 15 años cotizando ante el IMSS. Además, el monto que otorga el Seguro Social es proporcional a los años de servicio del empleado, quedando de esta manera:

  • 29 años: 95 por ciento del sueldo
  • 25 años: 75 por ciento del sueldo
  • 20 años: 63 por ciento
  • 15 años: 50 por ciento

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