ECONOMÍA

Expertos solicitan que el pleno de las SCJN resuelva controversia entre Cofece y Sener

A partir del 15 de mayo de 2020, la Cofece promovió una controversia por la política publicada en materias de electricidad que realizó la Sener en el Diario Oficial de la Federación

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SCJN deberá resolver conflicto entre Sener y Cofece.Foto: EspecialCréditos: Especial

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), deberá resolver una controversia promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra las reglas en material de electricidad, emitidas por la Sener, señalaron expertos.

El 15 de mayo de 2020 la Sener publicó en el Diario Oficial de la Federación la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, que generó la controversia impuesta por el organismo anti-monopolios.

En sus Capítulo V a VII, el acuerdo en cuestión regula a lo largo de más de cien disposiciones los lineamientos generales que permitan a las autoridades competentes dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley de la Industria Eléctrica,  el cual prevé que la Secretaría de Energía “establecerá la política en materia de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y sustentabilidad en el Sistema Eléctrico Nacional, incluyendo los criterios para establecer el equilibrio entre estos objetivos.”

La SCJN puede anular las políticas de Sener

En contra de este acuerdo, la Cofece promovió la controversia para invalidar algunas de las disposiciones generales emitidas por la Sener, lo cual deberá resolverse por el pleno de la SCJN, porque al tratarse de normas obligatorias, generales y permanentes, se requiere de –al menos– ocho votos de los Ministros para poder anularlas.

Cabe recordar que en su Comunicado de Prensa 205/2019 del 26 de noviembre de 2019, la SCJN informó que, en un caso similar en que la Cofece reclamó disposiciones generales del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, una mayoría de 6 de los 11 Ministros se pronunció por la invalidez de diversas normas de este Reglamento, y sin embargo, al no alcanzarse los 8 votos necesarios para invalidar disposiciones legales, el asunto fue desestimado, es decir, se archivó sin que la SCJN hiciera algún pronunciamiento y dichas normas se mantuvieron vigentes en sus términos. 

De ahí que en esta nueva controversia que promueve la Cofece contra disposiciones generales del gobierno federal, sea el pleno quien determine por más de 8 votos si se invalidan o no las normas de la Sener en materia de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional.

 

Por Adrián Arias