ECONOMÍA

Reforma a la Ley de Adquisiciones sube riesgo de contratar sin licitación: Imco

Dice el instituto que el dictamen mantiene esquemas que han dado lugar a más casos de desvíos como en la Estafa Maestra

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Créditos: Twitter

La reforma a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) que avanza en el poder legislativo permite la adjudicación directa en el caso de la compra de medicamentos y material de curación, sin importar si estas se realizan bajo un contexto ordinario o de emergencia, advirtió el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco).

El día de ayer, 18 de noviembre, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen a diversas iniciativas de reforma a dicha ley, que fueron presentadas por diputados federales, diversas organizaciones de la sociedad civil, cámaras y asociaciones empresariales.

Con el ajuste en compra de insumos de salud se abre la puerta a que la compra de insumos para la salud no garantice las mejores condiciones del mercado, anota.

"Al mismo tiempo, representan un riesgo de corrupción y decisiones discrecionales que tendrán efectos negativos sobre la competencia y competitividad de los mercados de insumos médicos en México", apuntó.

Además, "mantiene la excepción a la aplicación de ley en el caso de convenios entre instituciones públicas, uno de los esquemas que han dado lugar a más casos de desvíos de recursos en los últimos años, como fue el caso de la Estafa Maestra", agregó el instituto en un comunicado.

Por otro lado, el dictamen establece que la suma de los procesos de excepción en contratos por montos pequeños no podrá exceder del 20 por ciento el presupuesto de compras públicas autorizado para las dependencias. Anteriormente, el límite era del 30 por ciento.

Igualmente, se fortalece la figura de los contratos o convenios marco y se detallan los aspectos que estos deben cubrir, así como el proceso para realizarlos y publicarlos.

El Imco propuso atender las recomendaciones de la ASF, la Cofece y las organizaciones de la sociedad civil en materia de excepciones a la Ley, y asegurar que los convenios entre instituciones públicas no sean una excepción a la LAASSP sino, en todo caso, una excepción al proceso de licitación pública.

Por: Everardo Martínez