Acceso a la vivienda

3 claves para entender el tope de rentas en CDMX

La reforma no solo contempla fijar un límite en los precios de las rentas, también considera otros aspectos en favor a una relación más equitativa entre arrendadores y arrendatarios

3 claves para entender el tope de rentas en CDMX
Consulta las claves para entender las reformas que fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la CDMX Foto: Cuartoscuro

Finalmente llegó el cambio que esperaban miles de estudiantes y trabajadores de la CDMX : el gobierno capitalino fijó un tope de rentas en la ciudad. Esta modificación permitirá a las nuevas generaciones acceder con mayor facilidad a viviendas dignas y sin la necesidad de gastar una excesiva cantidad de su sueldo, o incluso verse obligados a buscar apoyo por medio de roomies. 

El cambio en la Ley Federal de Vivienda de la Ciudad de México entró en vigor el 29 de agosto, el cual busca combatir los precios abusivos de renteros y las irregularidades que se puedan identificar. Así mismo, la legislación considera un tope mínimo en las rentas de las casas y departamentos. 

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Renta en CDMX no podrá ser mayor a la inflación 

Entre las ventajas más destacadas, la ley indica que la renta de cualquier inmueble no podrá incrementar el precio por arriba de la inflación reportada por el Banco de México. Previo a esta modificación, causada principalmente por las complicaciones económicas que los capitalinos han externado para conseguir una vivienda accesible, se permitía un aumento de hasta el 10 por ciento. 

Las reformas a la Ley Federal de Vivienda de la Ciudad de México entró en vigor el pasado 29 de agosto 
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La inflación general anual de 2023 fue de 4.66 por ciento, de acuerdo a datos del INEGI, por lo que, en caso de que la cifra inflacionaria se se vuelva a posicionar debajo de las cinco unidades, los arrendadores no podrán aumentar en más del 5 por ciento el precio de las rentas.

Registro digital de contrato de arrendamiento

Además, las reformas estipulan que los arrendadores deberán establecer un registro digital de contrato, con autorización inmediata, el cual se necesitará realizar antes de que pasen 30 días después de establecer el contrato. 

“El registro a que se refiere el párrafo anterior se regirá de conformidad con los criterios de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, además de que por ningún motivo, salvo por resolución judicial, podrá ser público o darse a conocer”, especifica el documento. 

Quien divulgue información del registro digital será sancionado 

El registro digital establecido con el arrendatario se regirá en base a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, razón por la cual deberá ser información privada, a menos que una resolución judicial lo requiera. 

Modifican la ley capitalina en beneficio de los arrendatarios
FOTO: Especial

Los encargados del documento o funcionarios públicos que hagan mal uso de dicha información, o bien, no preserven correctamente su privacidad, serán sancionados conforme a las disposiciones legales aplicables. 

edg

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