La licencia de conducir es el documento que les permite a los mexicanos circular por la Ciudad de México. Sin embargo, existen casos en los que pueden incurrir en sanciones o suspensión de la misma. Por ese motivo, los conductores pueden recibir multas o sanciones.
Vale mencionar que tanto la Ley de Movilidad como el Código Penal de la Ciudad de México tuvo reformas y por ese motivo las sanciones son más severas para los conductores. Es importante señalar que en algunos casos pueden perder definitivamente la licencia de conducir. Toma nota de lo que no debes hacer para que no te suspendan este documento.
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Fuente: Freepik
Estas son las razones por las que pueden suspender tu licencia de conducir
Según el artículo 67 se establece cuáles son las razones para suspender la licencia de conducir en la Ciudad de México. Una de ellas es que el titular reciba la sanción por segunda vez en menos de un año, por conducir en estado de ebriedad o bajo efectos de narcóticos. También que sea penalizado por tercera ocasión en un período de tres años por los mismos motivos mencionados anteriormente.
En el artículo 67 también se menciona el caso que una autoridad jurisdiccional o ministerial determine en definitiva que un accidente vehicular fue causado por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad del titular y éste ocasione una muerte o lesiones de gravedad a los implicados. En caso del transporte privado o público, de pasajeros o de carga, se podrá retirar la licencia de conducir desde la primera vez en que el titular sea sancionado por conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de narcóticos. Según el artículo 66 el permiso de conducir será cancelado al acumular doce puntos de penalización.
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La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México realizará el cómputo de los puntos de penalización con base en las boletas de sanción expedidas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana. se especifica en el reglamento que los puntos de penalización tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de expedición de la boleta de sanción. La reexpedición de una licencia que se haya extinguido por penalización procederá sólo después de transcurridos tres años.