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Cárceles federales deben entregar información sobre funcionarios

Tienen que ver con aspectos meramente administrativos, como contratos, normativas internas, temas del personal, entre otros

Cárceles federales deben entregar información sobre funcionarios
Foto: Gerardo García

El Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, responsable de las cárceles federales, debe entregar los nombres, cargos, teléfonos, extensiones y correos electrónicos institucionales de su personal administrativo, es decir, aquel que no realiza funciones sustantivas.

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en contra de la resolución del 20 de septiembre de 2023 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Revisión en materia de seguridad nacional  Foto: Especial

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La Corte confirmó la resolución del INAI y concluyó que no se demostró que la divulgación de esa información comprometa la seguridad nacional.

Así es como deberán proporcionar información de funcionarios

El ministro ponente Luis María Aguilar propuso confirmar la decisión del órgano autónomo por considerar que proporcionar información relacionada con el titular de la Dirección General de Administración y el titular de la Unidad de Asuntos Legales y Derechos Humanos, personal de ambas áreas, así como del personal adscrito al Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés no pone en riesgo la seguridad nacional porque sus funciones y atribuciones no tienen que ver directamente con el funcionamiento de los centros penitenciarios federales, sino con aspectos meramente administrativos, como contratos, normativas internas, temas del personal, programas de capacitación, entre otros.

“En cuanto a la información relacionada con el Comisionado de Prevención y Readaptación Social, a partir del párrafo 84 de la propuesta, se propone declarar infundado el argumento respectivo, toda vez que al menos el nombre del servidor público y su fotografía ya son del conocimiento público, pues la propia página de Internet oficial de la Secretaría de Gobernación publicó la noticia de su nombramiento”, señaló Aguilar.

DRV

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