San Lázaro

Mano dura contra la tala ilegal: diputados aprueban aumentar penas hasta con 16 años de prisión

También habrá multas por cinco mil UMA, equivalentes a 518 mil 700 pesos

Mano dura contra la tala ilegal: diputados aprueban aumentar penas hasta con 16 años de prisión
El proyecto que se turnó al Senado de la República Foto: Cuartoscuro

Con 457 votos a favor y 27 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, reformas y adiciones al Código Penal Federal que elevan las penas hasta con 16 años de prisión y hasta cinco mil Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 518 mil 700 pesos a quien incurra en la tala ilícita en áreas naturales protegidas, zonas vegetales o cambie el uso de suelo forestal.

En la sesión de este lunes, el pleno de la Cámara de Diputados avaló el proyecto que deriva de la iniciativa enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que actualiza las sanciones para quien realice conductas en contra de áreas naturales protegidas.

El proyecto que se turnó al Senado de la República, impone penas de seis meses y hasta nueve años de prisión y multa de 100 a 3 mil veces el valor diario de la UMA vigente, siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas, al que sin contar con la autorización previa de la autoridad competente: desmonte o destruya la vegetación forestal; Cambie el uso de suelo en terrenos forestales sin la autorización expedida por la autoridad competente.

Sin embargo, la pena deberá aumentarse hasta en cuatro años más y la multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA cuando estas conductas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico.

El pleno avaló el proyecto que deriva de la iniciativa enviada por el presidente López Obrador

A quien, sin que exista acto administrativo que lo autorice o no cuente con la documentación que acredite la legal procedencia, transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables, se le impondrán de dos a cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de la UMA; Si el volumen es superior a dos metros cúbicos se le impondrá de seis a doce años de prisión y multa de mil a cinco mil veces el valor de la UMA.

En tanto, las penas aumentarán hasta 16 años y hasta 5 mil UMAS, cuando las materias primas forestales o productos forestales maderables provengan de un área natural protegida. 

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