ANDRA ESCAMILLA

Andra Escamilla: ¿Aplica la Ley Olimpia en la filtración de contenidos del "compañere"?

La Ley Olimpia contempla sanciones de tres a seis años de prisión para quienes realicen actos de violencia digital como vulneración de datos o información privada

NACIONAL

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Andra es un estudiante de animación que se identifica con los pronombres "elle o él"Créditos: Twitter / @andra_milla

Hace unos días, Andra Escamilla “compañere”, quien se identifica como una persona no binaria trans, reveló que abriría su cuenta de Fansly, una plataforma similar a OnlyFans donde se vende contenido explicito y también pueden votar por el que prefieren.

Sin embargo, tras lanzarse en Fansly, gran parte del contenido que subió fue filtrado por un grupo de individuos a través de Telegram, por lo que decidió lanzar una advertencia y señaló que denunciaría a quienes difundieran su contenido exclusivo sin su consentimiento.

“Hay un grupo de individuos que están difundiendo mis fotos sin ropa y las de otras chicas en Telegram. Esto es un delito y ya estoy trabajando con mis abogades para denunciarles. Si yo fuera ustedes, borraría el grupo porque no solo pienso hacer que les borren la cuenta. Les meteré una demanda y si las otras chicas quieren, haremos una demanda conjunta”, escribió el compañere en Twitter.

Ante esto, usuarios en redes sociales se han cuestionado sobre esta situación y han surgido dudas sobre la aplicación de la Ley Olimpia en estos casos.

¿Aplica la Ley Olimpia en el caso de Andra?

Para poder conocer sí esta reforma aplica en el caso de Andra Escamilla es importante saber qué es y de que trata, por lo que aquí te explicamos todo al respecto.

De acuerdo con la Profeco, la Ley Olimpia es un conjunto de reformas que busca reconocer la violencia digital, también llamada ciberviolencia, así como sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de los diversos medios digitales.

¿Qué es la ciberviolencia? Corresponde a toda clase de actos de acoso, hostigamiento, amenaza, insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o información privada realizados a través del uso de tecnologías. Esto incluye, difusión de imágenes, audios o videos de contenido intimo sexual que se compartan sin consentimiento.

Por esta razón, las personas que hayan compartido el contenido del compañere sin su consentimiento sí podrían pasar por la Ley Olimpia, la cual contempla sanciones de tres a seis años de prisión para quienes realicen estas acciones, así como multas que van de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). 

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