El surgimiento de los derechos humanos laborales en México se remonta a la época de la Revolución Mexicana, cuando se establecieron las bases para la protección de las y los trabajadores. Fue el Partido Liberal Mexicano (PLM) fundado en 1901, por Ricardo Flores Magón, Juan Sarabia y Antonio Díaz Soto y Gama, el que a través de su programa político y social incluyó a la defensa de los derechos laborales y la justicia social, en la agenda de los movimientos sociales defensores de las personas trabajadoras. Entre los que se exigía la reducción de la jornada laboral a 8 horas diarias, la implementación de un salario mínimo, igualdad de salarios para hombres y mujeres, el derecho a organizarse en sindicatos, y el derecho a la huelga.
A partir de ello han existido diversos momentos que han permitido el fortalecimiento de los derechos humanos laborales y que se han plasmado en las legislaciones que han contribuido al desarrollo de la dignidad de las personas trabajadoras en México:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, estableció los principios fundamentales de los derechos laborales, como la jornada máxima de 8 horas, el salario mínimo, la igualdad de salarios para hombres y mujeres, y la protección de los trabajadores contra la explotación.
La Ley Federal del Trabajo, de 1931, reguló las relaciones laborales y estableció los derechos y obligaciones de las y los trabajadores y los empleadores. Ley que ha sido reformada 49 veces para adecuarla a las necesidades de las y los trabajadores y la economía.
Es en 1948 cuando la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, estableció los principios fundamentales de los derechos humanos, incluyendo los derechos laborales. En ese mismo año México firmó esta declaración y fue en 1992 cuando la protección y defensa de los derechos humanos fue elevada a rango constitucional.
Desde 1931, México es miembro de la Organización Internacional del Trabajo, y desde entonces ha ratificado 82 convenios con esta organización, 64 de los cuales se encuentran vigentes. Destacan, el Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, y el Convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, que han contribuido a la protección de los derechos laborales en México.
En el periodo 2019 a 2024 con el inicio de la Cuarta Transformación, durante el gobierno del licenciado Andrés Manuel López Obrador, se realizaron 17 reformas a la LFT, para adecuarla a las necesidades de las y los trabajadores y de la economía. Entre ellas destacan la regulación del teletrabajo, con motivo de la pandemia por COVID-19; el reconocimiento del trabajo de las personas trabajadoras del hogar; la regulación de la subcontratación; la denominada Reforma Laboral, en materia de Justicia Laboral, libertad sindical y negociación colectiva; el aumento del periodo vacacional a doce días, estableciendo que aumentará en dos días, hasta llegar a veinte, por cada año de servicios; la que determina que el salario mínimo nunca esté por debajo de la inflación; y la que protege los derechos laborales de las personas trabajadoras del campo, entre otras.
En 2024 con el proceso de avance de la Segunda etapa de la transformación de la vida pública de nuestro país, ha continuado con el proceso de transformación legislativa y con la Dra. Claudia Sheinbaum como Presidenta de México, se han presentado iniciativas en materia laboral que ya han sido aprobadas como: la reforma que reconoce y protege los derechos de las personas trabajadoras de plataformas digitales; y la que regula el derecho de las personas trabajadoras para usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.
Entre las reformas impulsadas por la Dra. Claudia Sheinbaum, destaca la del derecho a trabajo igual, salario igual entre mujeres y hombres, porque a pesar de que se han eliminado casi todas aquellas normas o regulaciones que son contrarias a la igualdad formal por razones de género, se ha detectado que en el caso del salario persiste una brecha de desigualdad.
Al respecto, el estudio “Todo lo que necesitas saber para la igualdad salarial”, ONU MUJERES muestra que en promedio las mujeres ganan el 80% de lo que ganan los hombres. Por su parte el documento “Datos y propuestas por la igualdad 8M” elaborado por el IMCO, Inmujeres y la ONU, detalla que en México las mujeres ganan menos, por el trabajo desempeñado, ya que en promedio sus ingresos son de 6,300 pesos al mes, mientras que los hombres ganan 9,762 pesos, lo que se traduce en una brecha salarial de 35%, es decir, 100 pesos ganados por un hombre, en comparación con 65 ganados por una mujer.
Por ello, es insuficiente que la ley no haga distinciones, y al observar estas evidentes diferencias, en la iniciativa se consideró necesario establecer reformas a efecto de remover los obstáculos que impiden el pleno ejercicio de los derechos en nuestro país, a efecto de eliminar las condiciones de desventaja en las que se encuentran las mujeres.
Algunos de los derechos humanos laborales más importantes en México son: derecho al trabajo; derecho a la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación; derecho a la negociación colectiva; derecho a la huelga; derecho a la igualdad de salarios y condiciones de trabajo, derecho a la protección contra la discriminación y el acoso laboral; derecho a la seguridad y la salud en el trabajo; derecho a la jornada máxima de 8 horas y el descanso semanal; derecho a la remuneración justa y el salario mínimo; derecho a que la fijación del salario mínimo, nunca estará por debajo de la inflación; el derecho a trabajo igual, salario igual entre mujeres y hombres. Y recientemente los derechos que tienen las personas trabajadoras de plataformas digitales consistentes en seguridad social, participación de utilidades, a la sindicación, negociación colectiva, jornada laboral, días de descanso, capacitación y mecanismos para prevenir la discriminación y el acoso en el ámbito laboral.
En resumen, el surgimiento de los derechos humanos laborales en México se ha desarrollado a lo largo de más de 100 años, con la promulgación de leyes y convenios que han contribuido a la protección de los trabajadores y la regulación de las relaciones laborales.
Los derechos humanos laborales son un tema del que se habla poco, pero que por su vínculo con el cumplimiento de otros derechos es muy importante que se difundan y se protejan.
Sigamos trabajando juntas y juntos, para que nadie se quede atrás.
POR MAESTRO JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN
MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
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