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Diputados aprueban “Ley Ingrid”, establecen hasta 10 años de cárcel por difundir imágenes de víctimas

El dictamen pasó al Senado para su análisis, discusión y eventual aprobación

Diputados aprueban “Ley Ingrid”, establecen hasta 10 años de cárcel por difundir imágenes de víctimas
as reformas al Código Penal Federal buscan evitar la “revictimización” Foto: Cuartoscuro

Por unanimidad de 470 votos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la llamada “Ley Ingrid” que castiga hasta con diez años de prisión a servidores públicos que graben, reproduzcan, compartan, distribuyan o comercialicen imagen, audio, vídeo, documento, información, indicio o evidencia relacionados con una investigación penal o condiciones personales de una víctima.

El dictamen que pasó al Senado para su análisis, discusión y eventual aprobación, señala que las sanciones aumentarán en una tercera parte, en caso de que la información que se difunda se refiera a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.

Las reformas al Código Penal Federal buscan evitar la “revictimización” de las personas, particularmente mujeres, y fue impulsada por la sociedad civil tras la difusión indebida de imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla que ocurrió en febrero de 2020 en la Ciudad de México. 

El legislador panista Fernando Felipe Macías, presidente de la Comisión de Justicia, instancia que dictaminó la iniciativa, urgió a los legisladores de todas las fracciones a aprobar la reforma y evitar que se repitan casos como el de Ingrid Escamilla.

“Ya ha habido terribles casos que han indignado a la sociedad mexicana, donde personas sin escrúpulos subieron estas imágenes, estos videos a redes sociales, e incluso medios amarillistas, tabloides, publicándolos para su difusión. Esto no puede permitirse nunca más”, puntualizó.

A nombre de Morena, la diputada Laura Imelda Pérez remarcó a su vez la importancia de la reforma al Código Penal Federal para desalentar y sancionar a quien o quienes expongan por cualquier medio imágenes, audios, videos, documentos o información de víctimas de cualquier tipo de crímenes.

“Resulta indispensable marcar un antes y un después de los protocolos de actuación en la investigación de este tipo de delitos, en donde se tipifiquen y se castiguen esas conductas, que tienen solamente la intención de causar perjuicio especialmente a mujeres víctimas de homicidio y feminicidio”, agregó.

En su turno la panista Ana María Balderas insistió en la urgencia de aprobar el dictamen para atender a las víctimas indirectas, dijo que será una contribución para penalizar la revictimización que se produce a través de los servidores públicos, desde el primer respondiente hasta los ministerios públicos, al emitir información no autorizada por la familia de la víctima.  

 “No dejemos de lado que hay una historia, una familia, amigos detrás de estas imágenes que se publican clandestinamente con o sin fin de lucro”, señaló la panista. 

La reforma al artículo 225 del Código Penal Federal establece una pena de cuatro a 10 años de prisión y multas de 100 a 150 días al que “por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, videograbe, audiograbe, entregue, comparta, revele, envíe, exponga, transmita, difunda, publique, distribuya, comercialice o intercambie imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos, del hallazgo, o de cualquier material o información relacionada con la investigación penal de una víctima”.

dhfm 

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