ABORTO

Discusión sobre despenalización del aborto inicia en la SCJN

El objetivo es determinar si es constitucional sancionar con pena de prisión a las mujeres que deciden voluntariamente interrumpir su embarazo

NACIONAL

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Foto: CuartoscuroCréditos: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión para determinar si es constitucional sancionar con pena de prisión a las mujeres que deciden voluntariamente interrumpir su embarazo.

Se trata de la acción de inconstitucionalidad 148/2017 que presentó la entonces Procuraduría General de la República (PGR) contra cuatro artículos del Código Penal de Coahuila.

La PGR argumentó que los artículos 195 y 196 del Código violentan los derechos a la autonomía y libertad reproductiva de las mujeres.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar plantea invalidar el artículo 196 del Código estatal que establece una pena de uno a tres años de cárcel para“la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella”.

Aguilar advirtió en su proyecto que el derecho de la mujer a decidir es resultado de una combinación particular de diferentes derechos y principios asociados a la noción de que la persona humana tiene la libertad de autodeterminarse y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a sus propias convicciones. 

“El sustrato de esta prerrogativa lo constituyen la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la vida privada, la igualdad jurídica, el derecho a la salud (psicológica y física) y la libertad reproductiva, conforme a la integración y con rasgos que en seguida serán descritos”, señala el proyecto.

Según el ministro, la mujer que está embarazada habrá de decidir el libre ejercicio de su maternidad, sin que concurra ninguna circunstancia extraordinaria en relación con la causa de la concepción (producto de la violación o de un procedimiento de fecundación no consentido) y la salud de ella misma o la propia viabilidad del concebido. 

“No tiene cabida, para anular el derecho a decidir, una postura de corte paternalista que apoye la idea de que las mujeres necesitan ser “protegidas” de tomar ciertas decisiones sobre su plan de vida, salud sexual y reproductiva, pues ese acercamiento conlleva una desconsideración de la mujer como un ser racional, individual y autónomo, plenamente consciente de las decisiones que –conforme a su proyecto de vida– son las que considera más convenientes”, indica el proyecto.