REFORMA LABORAL

Reforma Outsourcing: La fiscalización será uno de los efectos a enfrentar para las empresas

Tras su implementación, a reforma de ‘outsourcing’ a poco más de un mes de tener efectos fiscales. En un ambiente de incertidumbre, las empresas tendrán que regular su modelo laboral y evitar tales efectos

NACIONAL

·
México reforma el Outsourcing Foto: La Silla RotaCréditos: La Silla Rota

¿Qué es la reforma outsourcing? La prohibición de la subcontratación laboral busca combatir una práctica desleal, pero genera confusión ante sus fines recaudatorios. La reforma que prohíbe la subcontratación tendrá efectos fiscales el 1 de agosto de 2021 y aún existe un ambiente de confusión.

Aunque se trata de una reforma laboral, su impacto fiscal es innegable y se relaciona con la necesidad de aumentar la recaudación tributaria a través de fiscalización y no necesariamente mediante una reforma para 2022. Sin una política fiscal clara y criterios definidos el ambiente actual puede seguir.

La reforma prohíbe subcontratar personal, entendido como poner a disposición empleados propios en beneficio de un tercero. En cambio, permite la subcontratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario.

Es decir, los servicios especializados son una especie de subcontratación legal en la cual hay puesta a disposición de empleados no primarios y requiere de un registro ante la autoridad. Las penas de la reforma outsourcing son graves. Para quienes incurran en subcontratación o quienes utilicen esquemas simulados de servicios especializados la condena es de prisión, pues se considera que cometen el delito de defraudación fiscal calificada.

A quienes proporcionen servicios especializados sin registro o se beneficien de ellos, las multas van desde 22 mil 405 pesos a 4 millones 481 mil por cada trabajador.

Los motivos expuestos para la nueva legislación giran en torno al alto grado de simulación que tiene el outsourcing en México y por considerarse una práctica desleal que impacta la competitividad.

La reforma busca principalmente combatir la evasión fiscal, pero también la elusión de responsabilidad laborales como el pago de participaciones en las utilidades.

Se restringe también el “insourcing”, en el cual las empresas operativas con activos y utilidades no tienen empleados y, en cambio, se auxilian de otra empresa del grupo que funge como patrón de los empleados puestos a disposición de la operativa.

Reforma del Outsourcing. Foto: Especial

Incertidumbre y riesgo a sufrir de una gran fiscalización

Actualmente existe un ambiente de confusión porque, en medio de múltiples reestructuras corporativas para cumplir con la reforma outsourcing, algunas empresas han optado por acudir al amparo en búsqueda de una suspensión que les dé más tiempo y otras han exigido a la gran mayoría de sus proveedores que se registren como especializados para evitar represalias fiscales.

Hace un mes, se publicó normatividad para el registro de quienes presten servicios especializados. Establece que estos son aquellos que reúnen elementos o factores distintivos de la actividad que desempeña la contratista, los cuales aportan valor agregado a la beneficiaria, pero no hay una definición sobre qué es poner a disposición personal.

Al existir discrepancia de criterios muchas empresas piden el registro de especializados a sus proveedores de servicios por cuidar su situación fiscal y muchos de ellos se registran a fin de no perder su clientela. Esto último ocurre pese a que, al hacerlo, periódicamente tendrán que compartir información con sus clientes y el beneficiario tendrá una responsabilidad solidaria fiscal y laboral.

Para determinar si los empleados de proveedores son puestos a disposición de un beneficiario existía un criterio del Sistema de Administración Tributaria (SAT) para la retención del 6% de IVA, pero quedó sin efectos con la reforma.

Con base en precedentes de la Suprema Corte, pueden considerarse factores como el lugar de trabajo, supervisión, procesos de contratación y capacitación como indicios para definir si el beneficiario de servicios en que se pone a disposición personal conoce la forma del empleo y sus riesgos. Sin embargo, los precedentes no son directamente aplicables.

La confusión de un gran número de empresas, asesores e incluso entre autoridades laborales y fiscales, se ve agravada por declaraciones recientes sobre la recaudación a través de la fiscalización si no hay una reforma fiscal en 2022 para cubrir necesidades de gasto público.

Y ahí la duda es si después del 1 de agosto la política fiscal detrás de la reforma va a ser combatir exclusivamente los esquemas de subcontratación abusivos.
 

Por: Ramón de la Torre Medina. Abogado de la UNAM con maestría en NYU como becario Fulbright. Twitter (@Cerebros_Fuga)