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Entregar datos biométricos no es obligatorio, sentencia presidente del IFT

Adolfo Cuevas dijo que tampoco se puede suspender el servicio por no registrar la línea ni entregar los datos

NACIONAL

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Entregar datos biométricos no es obligatorio, sentencia presidente del IFT.Foto: Cuartoscuro

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Adolfo Cuevas, habló sobre la suspensión de la Corte evita que IFT absorba costos de padrón de telefonía móvil.

En entrevista para Heraldo Radio en “Bitácora de negocios” con Mario Maldonado, Cuevas explicó que afortunadamente para el IFT y para los usuarios del país fue resuelta positivamente, de manera parcial, el incidente de la suspensión que fue promovida y que buscaba que al resolverse la controversia no se apliquen las normas que mandaron de la reforma.

Expresó que de momento no aplica porque la ministra Norma Piña consideró que había riesgo de que se violara la autonomía constitucional en material presupuestal, al obligar al IFT recursos que no le fueron suministrados, y que éstos ya se habían destinado para cuestiones de gasto general. En ese sentido, la ministra señala que había un riesgo y concede una suspensión, pero con un efecto amplio.

Añadió que Piña estableció que se paralicen las acciones que se desprendan de las normas impugnadas y que pudieran ayudar en el desarrollo de las plataformas o la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general, las cuales implican los lineamientos, que ahorita no se pueden emitir, y trae como consecuencia que tampoco se recaben datos biométricos, la inscripción de números móviles y no se puedan aplicar las medidas que se señalan en la reforma (suspender la línea que no cumpliera con tal registro).

De esta manera, Cuevas comentó que, por ahora, no hay la obligación ni de registrar la línea ni de entregar los datos biométricos ni estar expuestos a la función de que se suspende el servicio por no hacerlo, y eso tiene que ver con la determinación de la ministra Piña, relacionada con el presupuesto.

“Ella (ministra) valoró que había una estructura ya del presupuesto que se había dado al IFT. Evidentemente no teníamos recursos y ella consideró que entonces había una probable afectación a instituciones fundamentales del orden jurídico nacional como son las instituciones autónomas , y por eso concede la suspensión, y esto tiene, afortunadamente, un efecto general de los usuarios de servicios de tecnología y comunicaciones, distinto de los amparos que han venido beneficiando a las personas que los promovieron, y digamos que protege la suspensión que no tenga un carácter definitivo, la totalidad de los usuarios del país que no tendrán estas obligaciones”, aseguró.

También agregó que tiene un efecto similar a las suspensiones otorgadas por los amparos, pero en este caso es de carácter general.

atm