TAMAULIPAS

Castigarán hasta con seis años de cárcel y 268 mil pesos el maltrato animal en Tamaulipas

La pena se incrementará en un 50% cuando se ocasione la muerte de cualquier animal mediante tortura, actos de crueldad o brutalidad

NACIONAL

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Castigarán hasta con seis años de cárcel y 268 mil pesos el maltrato animal en Tamaulipas.Foto: Organización AnimaNaturalis

La Cámara de Diputados aprobó reforma al Código Penal para castigar hasta con seis años de cárcel y multa de hasta 268 mil pesos a quien incurra en el delito de maltrato y crueldad animal. La pena se incrementará en un 50% cuando mediante tortura, actos de crueldad o brutalidad se ocasione la muerte de cualquier animal silvestre o doméstico.

El diputado Mario Ramos Tamez (PAN) señaló que en su exposición de motivos de la iniciativa de adhesión al artículo 419 ter que 57 de cada 100 hogares en México tienen una mascota, pero contrasta con el tercer lugar mundial y el primero en Latinoamérica en maltrato animal, situación que es gravemente preocupante y que debe ser sancionada, evitando incidencias de violencia contra animales, como los casos de envenenamiento masivo de animales en jardines y parques públicos.

Señaló que lo más preocupante es que se está normalizando este tipo de conductas que no solo matan animales indefensos, sino también pone en peligro la vida de los seres humanos que se encuentran expuestos y se abona a la cultura de crimen.

Esta iniciativa fue presentada a la Cámara de Diputados a propuesta a petición de asociaciones animalistas, refugios de la entidad.

El delito de maltrato y crueldad animal con daño, lesión o sufrimiento físico o psicológico algún animal silvestre o doméstico, será sancionado con de dos a seis años de prisión y una multa de 300 a 3 mil unidades de medida y actualización lo cual sería  268 mil 860  pesos.

En la misma adhesión  se advierte que se incrementará la pena en un cincuenta por ciento cuando mediante tortura, actos de crueldad o brutalidad se ocasione la muerte de cualquier animal silvestre o doméstico.

Además, en caso de que de manera dolosa e intencional se ocasione la muerte de un animal  por envenenamiento con cualquier sustancia de origen natural o químico, la pena se incrementará en tres cuartas partes en la establecida en este artículo, sólo se exceptuarán aquellos casos cuando se refiera a sacrificio humanitario de animales.

José A. Hernández

AV