La reforma legal que eliminó 407 ediles de los 125 Cabildos del Estado de México, seguirá vigente luego de que la misma fue avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que en los ayuntamientos habrá menos regidores y síndicos.
El máximo tribunal constitucional del país revisó las seis acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos del PAN, Movimiento Ciudadano, PRD, Partido del Trabajo, PVEM y PES, aunque en los últimos dos casos declaró falta de legitimidad al no acudir las dirigencias.
Siete argumentos
Los ministros por mayoría de votos declararon infundados cada uno de los siete argumentos presentados por las fuerzas políticas de oposición y con ello no pudieron revertir la disminución de los integrantes de los Cabildos de los municipios.
En el estudio de fondo de las acciones de inconstitucionalidad de la reforma al Código Electoral y la Ley Orgánica Municipal, el ministro Javier Laynez Potisek argumentó que no se viola el principio de representación proporcional ni el tema de reelección.
Mayoría Relativa
En el primer tópico, dijo que la reforma legal cuidó el equilibrio de los regidores de Mayoría Relativa (MR) y de Representación Proporcional (RP). En el segundo supuesto, apuntó que no se viola la reelección porque no es un derecho, sino más bien una prerrogativa condicionada.
Otros de los puntos que fueron declarados infundados por los ministros son: falta de técnica legislativa, violación al principio de progresividad, agresión a la supremacía constitucional y de omisión legislativa.
Por Gerardo García