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Regreso a clases SEP: ¿Cuáles son los requisitos para la reapertura de escuelas?

La SEP estableció los requisitos para permitir la reapertura de escuelas y el regreso a las clases presenciales en México

NACIONAL

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¿Cuáles son los requisitos para la reapertura de las escuelas y regreso a clases presenciales? FOTO: Especial Créditos: Especial

La Secretaría de Educación Pública (SEP) en el Diario Oficial de la Federación, publicó el acuerdo en el cual se establecen medidas extraordinarias para agilizar trámites y procedimientos que permitirán la reapertura de escuelas y el regreso a las clases presenciales. 

La reapertura de los centros escolares se dará de forma gradual y ordenada y será en el momento en el que el semáforo epidemiológico de los estados se encuentre en color verde.

Considerando la estrategia a seguir, se publicó el acuerdo que establece las medidas que las escuelas interesadas en iniciar un proceso de verificación deben seguir para agilizar los trámites y procedimientos necesarios ante la SEP. Así se permitirá que presten sus servicios.

Hay que tener en cuenta que la SEP y su, hasta ahora titular Esteban Moctezuma, han expresado que su principal preocupación es el cuidado de la salud de los menores y que serán las autoridades estatales quienes deban decidir en qué momento y de qué forma se reabrirán las escuelas cuando las entidades estén en semáforo verde. 

¿Cuáles son los documentos que se necesitan? 

Las escuelas interesadas tendrán que presentar un instrumento notarial en el cual se certifique:

  1. La recolección de evidencia fotográfica o digital del inmueble en la que se observen las instalaciones durante la visita del fedatario público.
  2. La inserción en el instrumento notarial de evidencia fotográfica a color, del inmueble que permita apreciar con suficiente claridad las instalaciones, incluyendo áreas comunes, de servicios y de circulación, acondicionadas y equipadas, son óptimas para su funcionamiento y la impartición del programada de estudio.
  3. La descripción del equipo con la que fue tomada la evidencia fotográfica digital, nombre de la persona que la recabó, quien deberá corresponder al representante legal, de tal forma que en el instrumento notarial se deje constancia de la existencia y congruencia con lo que manifieste en sus diversas documentales presentadas.
¿Cuáles son los requisitos para la reapertura de las escuelas? 
FOTO: Twitter

 

El procedimiento sólo se aplicará si la escuela solicitante entrega la documentación que le permita acreditar:

- Ocupación legal del inmueble, en propiedad o posesión

- Constancia de uso de suelo expedida por la autoridad competente

- Constancia vigente de seguridad estructural

- Constancia vigente con la que se acredite que el inmueble cumple cumple con las disposiciones aplicables en materia de protección civil.

Los documentos mencionados deberán enviarse al correo solicitudesacuerdo286@nube.sep.gob.mx en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

 

gka