CDMX y EdoMex

¿Tu vecino obstruye la banqueta o pone botes? Así puedes denunciarlo en CDMX y Edomex

Las multan varían dependiendo de la falta, pero el libre tránsito está estipulado en los reglamentos de las alcaldías de la CDMX y Estado de México.

¿Tu vecino obstruye la banqueta o pone botes? Así puedes denunciarlo en CDMX y Edomex
Muchos de los que hacen esto son apodados "Lord Banqueta" (Imagen ilustrativa). Foto: Especia.

Contrario a lo que muchos creen, el banquete no pertenece a la propiedad de la persona, ya que en realidad es un espacio público el cual debe estar libre para que el peatón pueda caminar libremente. Tanto en la Ciudad de México y el Estado de México se puede denunciar a quienes invadan la acera y los culpables deberán pagar multas que van desde lo económico hasta la clausura total de una construcción. 

Según el reglamento, la obstrucción de banqueta puede ser: 

  • La construcción de una cochera que sobrepasa los límites de la propiedad
  • Edificar un altar fijo o una jardinera
  • Colocar un poste o un buzón 
  • Colocar estructuras como puestos escalones 
  • Tinacos, botes o bultos, material de construcción o basura 

¿Cuáles son las multas que se imponen en la CDMX y Estado de México?

Las multas pueden ir desde las 50 y hasta 800 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2021 equivale a 89.62 pesos; esto equivaldría entre 4 mil 481 y 71 mil 696 pesos. Para denunciar a alguien que impide el libre tránsito puedes ir a la oficina del Centro de Servicios y Atención Ciudadana de tu alcaldía para levantar el reporte; esto en la CDMX.

Es un ejemplo de lo que significa una obstrucción. Foto: Especial.

En el Estado de México la invasión de banquetas está contemplada dentro de los reglamentos de vía pública de cada uno de los 125 municipios mexiquenses. Y estos son los principales objetos u impedimentos por los que se puede multar a alguien.

  • Anclar tubos con cadenas.
  • Instalar jardineras o maceteros.
  • Instalar plumas de control vehicular.
  • Colocar  tubos, cables, cadenas, rejas, plumas, jaulas, gallardetes, cualquier tipo de casetas, señalizaciones particulares, porterías, obstáculos portátiles y lo que obstruya la banqueta.
  • Dejar abandonados vehículos chatarra.
  • Instalar cualquier obstáculo portátil sobre banquetas y calles.
  • Invadir con construcciones provisionales o permanentes.
  • Hacer cualquier tipo de construcción fija o semifija en la banqueta.
  • Colocar sobre la vía pública material de construcción o cascajo.
  • Ocupar la banqueta o calles con objetos inflables
  • Instalar buzones o cobertizos y puestos sin permiso.

Las multas, estas varían en cada municipio, pero se encuentran entre los 5 y los 50 días de salario mínimo,de 616 a 6 mil 160 pesos, además del retiro de objetos o clausura de la construcción. Puedes acudir a las oficinas centrales de cada localidad para denucnair. 

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