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UNAM: Rafael Martínez Treviño participa en foro "La migración y las redes de la delincuencia"

Rafael Martínez Treviño, abogado general de la Academia Nacional de Expertos y Expertas en Derecho, emitió su opinión sobre el ámbito penal de la delincuencia migratoria

NACIONAL

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Foto: Cuartoscuro

Rafael Martínez Treviño, abogado general de la Academia Nacional de Expertos y Expertas en Derecho, participó en el foro La migración y las redes de la delincuencia, que organiza la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en el cual emitió su opinión sobre el ámbito penal de la delincuencia migratoria.

Es realmente vergonzoso, es realmente humillante para todos nosotros, ver cuando elementos de la Guardia Nacional son agredidos vilmente por delincuentes migrantes que se introducen a territorio nacional. 

Acotó que es triste ver cómo se van hacia atrás las y los elementos de la Guardia Nacional ¿por qué? Porque tienen instrucciones de no agredir a esos sujetos. Y luego, entonces ¿Por qué no se les detiene? ¿Por qué no se les pone a disposición de la autoridad federal? Es un tema sumamente importante, no debemos permitir que esto suceda.

Foto: Cuartoscuro

Estos delincuentes si se atreven a agredir a mujeres y hombres, elementos de la Guardia Nacional ¿qué no harán contra la población civil? Y una reforma muy importante que ya hicieron alusión, evidentemente, el 10 de junio de 2011 se reformó el artículo 1º constitucional, tratándose de derechos humanos. “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse”.

¿Qué delito cometen estos delincuentes migrantes? Delitos contra agentes de la autoridad en el ejercicio de su función, artículo 189 del Código Penal Federal. Si fueran puestos a disposición de la autoridad investigadora, de la Fiscalía General de la República, serían judicializados, pero aquí tendríamos un problema muy grande, porque con el artículo 19 constitucional en su segundo párrafo que nos habla de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, muchos de los delitos que cometen estos sujetos, tendrían derecho a una libertad durante la secuela del procedimiento.

Señaló que lo que va suceder es que se van a sustraer de la acción de la justicia, por eso es muy importante que se les imponga una prisión preventiva justificada ¿por qué? Porque si salen libres se van a sustraer d la acción de la justicia, número uno.

Número dos: al ser judicializados y ponerse evidentemente a disposición del juez de control, y lo digo desde el ámbito del derecho penal, tendrán que pasar su proceso privados de su libertad, se les dictará una sentencia condenatoria, en donde tendrán que pasarla en el penal a donde sean enviados y después de ello aplicar el artículo 33 constitucional, porque deberán de ser expulsados del país estas personas.

dhfm

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