Congreso de la Ciudad de México

Proponen hasta 50 años a quien asesine por razones de orientación sexual en la CDMX

En el Congreso de la CDMX buscan adicionar un artículo del Código Penal, a fin de contemplar tipos penales específicos para los delitos de lesiones y homicidio por razones de orientación sexual

Proponen hasta 50 años a quien asesine por razones de orientación sexual en la CDMX
En el Congreso de la Ciudad de México se alistan debates y reformas al Código Penal. Foto: Archivo Foto: Foto: Archivo

Morena en el Congreso de la Ciudad de México propuso una sanción de 20 a 50 años de prisión al que prive de la vida a otro por razones de su orientación sexual o identidad de género.  

Así lo establece la iniciativa que presentó la legisladora de Morena, Marisela Zúñiga, quien busca adicionar un artículo del Código Penal para la Ciudad de México, a fin de contemplar  tipos penales específicos para los delitos de lesiones y homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género. 

Recordó que el pasado 22 de septiembre del año en curso, se encontró sin vida al joven Hermilio Ibáñez en la alcaldía Iztapalapa; ciudadano que contaba con una plataforma enfocada a abordar temas relacionados con la diversidad sexual y los miembros de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual y Transgénero. 

Mencionó que las autoridades de la Ciudad de México trabajan en conjunto para  indagar el caso y descubrir si se trata de un crimen de odio, debido a las  preferencias sexuales que el influencer manifestaba y las condiciones en las que fue encontrado el cuerpo de la víctima. 

“Eventos criminales de esta naturaleza, solo representan una muestra del elevado  índice de delitos cuya causa generadora es la orientación o la identidad sexual de  las personas; las mujeres trans continúan siendo las víctimas más numerosas con el 52.5 por ciento de la cifra total de casos del 2020”, indicó.  

Así mismo, comentó que las autoridades encargadas de la administración y procuración de justicia no han llevado a cabo registros estadísticos diferenciados  que permitan identificar las conductas antisociales perpetradas en contra de este grupo de atención prioritaria y posibilite construcción adecuada de políticas criminales que combatan su incidencia. 

“Resulta notoriamente significativo y plausible, en la inteligencia de que son cada vez más las voces que se suman en la generación de acciones para combatir aquellos delitos de alto impacto cometidos constantemente en contra de las  personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e  intersexuales, a fin de que puedan tener una vida libre de violencia y discriminación”, destacó.  

Reconoció el trabajo que ha  realizado en conjunto con su homólogo, Temístocles Villanueva en materia de la comunidad LGBT, y mencionó que seguirán trabajando de la mano para sumar esfuerzos y proteger a este grupo de atención.  

Villanueva presentó una iniciativa que busca sancionar con hasta 70 años de prisión los “transfeminicidios”.  

La iniciativa de Zúñiga Cerón fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para  su análisis y dictaminación.  

Proponen hasta 70 años de prisión a quien cometa transfeminicidio

Temístocles Villanueva propuso de 35 a 70 años de prisión para quien cometa el delito de “transfeminicidio”, que consiste en que por “razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans”.  

En sesión ordinaria, el legislador destacó que  la persona servidora pública que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 44 mil 810 pesos a 134 mil 430 pesos de multa.  

 Además, dijo, que será destituida e inhabilitada de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.  

“La inclusión del tipo penal de transfeminicidio en el Código Penal para la Ciudad de México constituye el reconocimiento de un delito cuyas condiciones, contexto y expresiones son específicas, en contra de la integridad y la vida de una población específica sobre la que se interponen varias capas de desigualdad, que contribuyen al incumplimiento en el respeto y defensa de sus derechos humanos”, apuntó.  

Añadió que para la acreditación del delito de transfeminicidio, la Fiscalía General de la Ciudad de México y demás instancias correspondientes deberán seguir los requisitos establecidos por el Protocolo de Actuación para la Atención a las Personas de la Comunidad LGBTTTI

Refirió que para las actas de defunción de las personas transgénero, en caso de que sus familiares se negaren a realizar el trámite o pudieren vulnerar su identidad o expresión de género, podrán ser tramitada por una persona que pertenezca a la familia social de la persona en términos de la Ley de Víctimas de la Ciudad de México

Detalló que la persona social, son aquellas que pertenecen al círculo más cercano de la víctima, es decir, amistades, compañeros o compañeras de trabajo o de vivienda o cualquier otra que tenga una relación estrecha y reconocida con la víctima. 

Esta iniciativa busca reformar el artículo 69 Ter y 148 Ter del Código Penal, un artículo 118 del Código Civil, el  artículo 37, y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Ciudad de México, así como el artículo 3 de la Ley de Víctimas, todas de la Ciudad de México.  

Este documento fue enviado a las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y la de Atención Especial a las Víctimas para su análisis y dictaminación.  

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