MICHOACÁN

Congreso de Michoacán aprueba uso obligatorio de cubrebocas

La Ley también contempla una amonestación por escrito y con apercibimiento que en caso de no usar el cubrebocas será sancionado

NACIONAL

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Se exceptúa el uso del cubrebocas al momento de consumir alimentos y bebidas Foto: Cuartoscuro

El Congreso de Michoacán aprobó una iniciativa de ley propuesta por el gobierno del estado, en noviembre pasado, para hacer obligatorio el uso del cubrebocas.

A partir de la publicación de la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas en el Estado, en el Diario Oficial, las disposiciones tendrán que acatarse en todo el territorio michoacano “durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID 19 y hasta que la autoridad sanitaria competente, declare oficialmente su conclusión”.

Con esta medida, toda persona que se encuentren en territorio de Michoacán deberán portar correctamente el cubrebocas en espacios públicos y en el interior de establecimientos públicos o privados.

Quedan exentos únicamente pacientes inmunodeprimidos, asmáticos, con fibrosis quística, cáncer, lesiones faciales, personas con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas.

También se exceptúa el uso del cubrebocas al momento de consumir alimentos y bebidas, al realizar actividades deportivas de intensidad o entrenamiento físico mayor a una caminata, en espacios abiertos y en el caso de menores de 5 años, que podrán usarlo opcionalmente.

Una vez que se detecte a una persona sin cubrebocas, se le solicitará verbalmente que se coloque uno; en caso de contar con cubrebocas, se le otorgará uno gratuitamente.

Sanciones 

La Ley también contempla una amonestación por escrito y con apercibimiento que en caso de no usar el cubrebocas será sancionado. En caso de que el ciudadano se niegue a usar cubrebocas, se le solicitará que se retire a su domicilio o fuera de los lugares públicos o privados.

Si el ciudadano continúa con la negativa de usar el cubrebocas se le impondrá una multa, de 1 a 15 UMAS en caso reincidencia o resistencia al uso correcto de cubrebocas

Esta multa es conmutable por trabajo comunitario establecido por la autoridad correspondiente, a solicitud de los interesados, el cual no podrá exceder de 3 días sin goce de sueldo.

Otra sanción que establece la nueva ley, es el arresto administrativo domiciliario hasta por 36 horas, cuando haya negativa del uso correcto y la portación del cubrebocas.

Luego de que el Congreso de Michoacán aprobara la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas en el Estado, el gobernador del estado, Silvano Aureoles Conejo consideró que éste, es un paso importante en el manejo de la crisis sanitaria. 

En sus redes sociales, el mandatario michoacano celebró y agradeció a los diputados locales la aprobación de la ley que dijo, es la primera en su tipo en el país.

"A nombre del pueblo de Michoacán y del personal de salud que está en la primera línea de combate, mi reconocimiento a esta decisión que han tomado las y los legisladores, porque, si bien no es una medida que resuelve del todo el problema, sí se convierte en un instrumento que nos ayuda a reducir los contagios", expresó. 

Aureoles pidió a la ciudadanía no bajar la guardia y acatar las medidas sanitarias, incluida esta nueva ley.

Por: Charbell Lucio 

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