GRUPO FIRME

¿Ley Olimpia podría aplicarse a supuesta amante de Eduin Caz por difundir video íntimo?

El cantante de Grupo Firme confirmó que había pasado la noche con Stephanie Hernández

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Eduin Caz.¿Tendrá que pagar multa? | Foto: EspecialCréditos: Foto: Especial

El vocalista de Grupo Firme se ha vuelto el foco de los reflectores no sólo por el éxito de la banda, sino por el video que comprobó que le fue infiel a su esposa hace dos años.

Dicho audiovisual fue difundido por Stephanie Hernández, la supuesta amante del vocalista, quien asegura que no sabía que el cantante era casado y afirma que fue el propio Eduin Caz quien se acercó a ella en un primer momento.

De acuerdo con la versión de Hernández, la aventura tuvo lugar después de un 'after' realizado tras un concierto de Grupo Firme y aunque ha señalado que decidió revelar el video para que una de sus amigas no quedara como mentirosa, Eduin Caz asegura que en su momento quiso extorsionarlo con el clip que lo muestra dormido en una cama a lado de la joven que en ese tiempo tenía 21 años.

A pesar de que las fans de Eduin Caz tundieron en redes a Stephanie Hernández por la difusión de la aventura con el cantante, y según ella, llegó a recibir amenazas por parte de las seguidoras del integrante de Grupo Firme, la muchacha afirma que nunca le pidió dinero a Caz.

"Si yo lo hubiera extorsionado, eso es un delito, yo estuvieran en la cárcel, pero no procede, yo consulté con mi abogado y tampoco procede la Ley Olimpia, aunque sí respalda a hombres y mujeres, pero no fueron imágenes sexuales", señaló Stephanie en exclusiva para el programa de Pati Chapoy.

De acuerdo con ella y su abogado, ya que el video que difundió no tiene imágenes sexuales, la Ley Olimpia no procede, pues según sus palabras "si fuera un delito grabar a alguien dormido, toda la gente estaría en la cárcel".

De hecho, la denominada Ley Olimpia no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y a sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.

Por su parte, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) agrega que las conductas que atentan contra la intimidad sexual incluyen el videograbar, audiograbar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaños.

Así como "exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento".

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