43 NORMALISTAS

Juzgadores rechazan dar ventaja indebida a militares del caso Ayotzinapa

Las resoluciones de estos impartidores de justicia se realizaron con apego a la Constitución, tratados internacionales y a decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

EDICIÓN IMPRESA

·
La asociación detalló que los militares pidieron a la jueza la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que enfrentaban Créditos: Archivo

Magistrados federales y la jueza que ordenó la libertad provisional de ocho militares acusados del caso Ayotzinapa rechazaron otorgar una ventaja indebida a los elementos castrenses como lo señaló este domingo la Fiscalía General de la República (FGR).

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) informó, a petición de los integrantes de tribunal colegiado y de la la Jueza Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, exhibidos por la FGR, las resoluciones de estos impartidores de justicia se realizaron con apego a la Constitución, tratados internacionales y a decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin comprometer los derechos de las víctimas ni las facultades de la Fiscalía.

Sigue leyendo: 

AMLO supervisa investigación del caso Ayotzinapa

Va FGR por jueza que liberó a militares acusados del caso Ayotzinapa

Este domingo, la Fiscalía informó que impugnará la decisión de la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo que dio la libertad provisional a los elementos castrenses e iniciará acciones legales contra ella y los magistrados Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio por dar ventajas indebidas en este asunto.

No han sido exonerados

En respuesta, la Jufed precisó que los militares no han sido exonerados, pues el auto de formal prisión que se les dictó sigue vigente, por lo que están en proceso por desaparición forzada de personas hasta que se decida si son culpables o inocentes.

La asociación detalló que los militares pidieron a la jueza la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que enfrentaban.

En audiencia pública, dicha jueza escuchó a la Fiscalía, quien expuso las razones que tenía para que continuaran en prisión preventiva y después decidió que sí debían continuar privadas de su libertad

Los elementos castrenses promovieron un amparo y un juez les dio la suspensión definitiva con base en el criterio de que la prisión preventiva es inconvencional, por lo que la jueza debía decidir nuevamente qué medida cautelar les imponía, escuchando a las partes.

Contra esa decisión, la FGR no se inconformó, pero los militares sí y ante ese recurso, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito determinó que la Fiscalía ya había tenido la oportunidad para justificar esa medida cautelar y por eso, la jueza debía emitir una nueva resolución, sin que fuera necesario el debate.

El pasado 20 de enero se realizó una nueva audiencia, en la que la juzgadora concluyó que la FGR no justificó la necesidad de que los militares continuaran en prisión preventiva.

Además, la decisión de la impartidora de justicia no es definitiva, ya que la Fiscalía puede apelar.

“En caso de que esa resolución de apelación les resultara adversa, las víctimas tendrían el derecho de acudir al juicio de amparo con el mismo propósito. Si la Fiscalía o las víctimas consideran que, con el comportamiento que observen esas 8 personas en libertad provisional a partir del sábado 20 de enero de 2024, se genera peligro de que se fuguen, de que hay riesgo para las víctimas o los testigos o de que se ponga en riesgo la buena marcha del proceso, podrán solicitar nueva audiencia para que, si lo justifica, sean sometidas de nuevo a prisión preventiva”, explicó la Jufed.

dhfm