Durante las últimas el tema de conversación en plataformas digitales se ha concentrado en torno a la Pensión Bienestar para Adultos Mayores y esto se debe a que comenzó a circular una versión en la que se asegura que el operativo de pago que se realizará el mes de julio podría realizarse de forma inversa, lo cual, ha provocado cierta confusión entre los beneficiarios de este programa, por ello, en esta nota te diremos todo lo que se sabe al respecto.
Para empezar a abordar el tema es importante señalar que la información del supuesto operativo de pago inverso no es información emitida por la Secretaría del Bienestar o alguna otra instancia gubernamental, sino que fueron distintos medios de comunicación los encargados de difundir distintas notas en las que se aseguraba que el operativo de pago se realizaría conforme a la letra del apellido, pero comenzando con los beneficiarios cuyo apellido comienza con Z y finalizando con los de A, y no de la A a la Z como ocurre de manera habitual.
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Como se dijo antes, está información provocó confusión entre los beneficiarios de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores, sin embargo, lo cierto es que la Secretaría del Bienestar todavía no ha emitido el calendario por apellidos para el operativo de pago que se realizará entre el 1 y el 31 de julio, en cual, se entregarán los recursos correspondientes al bimestre julio-agosto.
Ante esta situación se sugiere a los beneficiarios de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores mantenerse informados únicamente a través de los canales oficiales de la Secretaría del Bienestar, asimismo, se recuerda que durante el próximo operativo de pago todos los derechohabientes del referido programa deberán recibir un total de 6 mil pesos tal y como lo han hecho durante cada bimestre del 2024.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Pensión del Bienestar?
El requisito más importante para poder ser beneficiario de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores es que el solicitante tenga al menos 65 años de edad y respecto a la documentación requerida, en las reglas de operación del referido programa se indica que el interesado debe presentar identificación oficial vigente, acta de nacimiento, CURP de reciente impresión, comprobante de domicilio no mayor a seis meses, además deberán proporcionar dos teléfonos de contacto, un celular y uno fijo.
Cabe mencionar que, los solicitantes también podrán registrar una persona auxiliar para que los represente en los trámites y esta persona también deje presentar la documentación antes mencionada, es importante señalar que esta persona debe ser de completa confianza pues en caso de que el interesado no pueda acudir a cobrar su dinero, será a esta persona quien se le otorgue el dinero.
Actualmente el registro de beneficiarios para la Pensión Bienestar para Adultos Mayores todavía no está habilitado, sin embargo, se espera que sea en los próximos días cuando la Secretaría del Bienestar retome las jornadas de registro de beneficiarios, las cuales se realizan conforme a un calendario organizado por la letra inicial del apellido paterno.