La Comisión Federal de Electricidad (CFE) puso como fecha límite el 31 de octubre para todos aquellos usuarios que quieran realizar un cambio en el concepto de su recibo de luz para que eviten pagar más, ante el vencimiento del subsidio de verano, que ya llega a su fin de temporada.
En el Oficio número: SE-300/87329/2024 del Acuerdo A/112/2024, emitido el pasado 30 de septiembre, la CFE resolvió que los usuarios del suministro eléctrico que gozaban de algún tipo de acuerdos convencionales "deberán registrar ante la comisión los contratos en los que se hayan pactado acuerdos convencionales o descuentos".
El subsidio de verano oficialmente recibe el nombre de "tarifa 1F", que se aplica a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 33 grados centígrados como mínimo.
¿En qué estados termina el subsidio de Verano de CFE?
El pasado 22 de febrero se publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el que se otorgó un subsidio a los estados de:
- Baja California
- Sonora
- Sinaloa
- Nayarit
Estos servicios sólo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general, sin embargo su final llegará el 31 de octubre, por lo que es importante que los consumidores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) pongan atención y sepan qué deben de realizar.
¿Cómo puedes cambiar tu recibo ante el final de la tarifa de verano de CFE?
"Se considerará que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales", señala la CFE sobre el final del subsidio de verano.
Ante ello, los consumidores de la CFE pueden cambiar su contrato para que en el recibo les llegue una tarifa de "Pequeña Demanda", cuya baja tensión es de 25 kilowatts al mes, es decir de consumo doméstico, aunque su nombre oficial es "Tarifa PDBT".
La demanda por contratar la tarifa de "Pequeña Demanda" la fijará inicialmente el usuario con base en sus necesidades de potencia y cualquier fracción de kilowatt se considerará como kilowatt completo, mismo que se te cobrará.
Cuando el usuario exceda la demanda de 25 kilowatts, deberá solicitar al suministrador aplique la tarifa GDBT. De no hacerlo, a la tercera medición consecutiva en que exceda la demanda de 25 kilowatts, será reclasificado por el suministrador, lo cual tiene como fecha límite el próximo 31 de octubre para este año.
Sigue leyendo
El Buen Fin 2024: cuáles son los descuentos del Tren Maya en viajes
Pensión Bienestar: ¿Qué pasa si no retiro todo el dinero de la Tarjeta del Bienestar?