Las empresas establecidas en México están obligadas a entregar el reparto de utilidades entre sus trabajadores, algo que representa un derecho laboral y que se encuentra establecido en la Constitución. Esto significa que las compañías deben dar a sus empleados parte de las ganancias generadas durante el año fiscal, de acuerdo con lo señalado por la Secretaría del Trabajo (STPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
El mes de mayo ha sido establecido como el mes en el que se reparten las utilidades, lo cual no se puede suspender, negociar, condicionar o entregar en especie, lo que obliga a los patrones o empresas que operan en México a pagarlas a sus trabajadores, señala la Profedet.
La ley establece que las empresas deben entregar el 10 por ciento de las ganas obtenidas durante el último año fiscal, cantidad que se puede calcular a partir de la declaración anual que presentó cada compañía o patrón ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Cuándo es la fecha límite para el reparto de utilidades?
De acuerdo con la información publicada por la Profedet, el 30 de mayo es el último día para que las empresas hagan entrega de las utilidades, pero si eres alguien que trabaja para una persona física (patrón), la fecha límite es el 29 de junio.
En caso de no recibir las utilidades, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo te asesora de manera gratuita para decirte cómo proceder legalmente en caso de ser necesario, para lo que pone a disposición de los trabajadores el número 800-911-7877 y el correo electrónico orientaciónprofedet@stps.gob.mx.
¿Cómo se calcula el monto que recibe de utilidades cada trabajador?
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera –equivalente a 50%– se calcula de acuerdo al número de días trabajados por cada uno de los empleado durante el año, independientemente del monto de los salarios registrados.
La segunda –el otro 50%– se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
¿Para qué trabajadores es aplicable esta prestación?
Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.
Recuerda que en caso de no recibir el reparto de utilidades o que éstas sean incompletas, la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen hasta un año —a partir de la fecha límite, 30 de mayo— para reclamar el pago de esta prestación.
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