EMPLEO EN MÉXICO

Finiquito o liquidación, ¿qué me corresponde si me corren del trabajo?

Te decimos cuáles son las diferencias entre finiquito y liquidación, además de qué tienes que hacer si te corren del trabajo en el que estás

ECONOMÍA

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¿Cuándo debes recibir finiquito y liquidación en el trabajo? FOTO: TwitterCréditos: Twitter

Cuando hablamos de liquidación y finiquito, ambos son conceptos asociados a la rescisión del contrato laboral que une a patrón y trabajador. Pero diferente a los que se piensa, no son necesariamente contrarios. Por eso, es importante saber qué es cada uno y cuando corresponde recibirlo. 

La relación entre ambos conceptos no es contraria, es decir, que sea la una o la otra, pues en caso de que proceda el pago de la indemnización al trabajador por parte del empleador a causa del despido, éste último también deberá pagar el finiquito.

¿Cuándo corresponde recibir liquidación y finiquito? 

 

¿Qué es el finiquito? 

A toda rescisión de un contrato laboral corresponde el pago del finiquito, por parte del empleador al trabajador, no importa si es de base o de confianza. Además, no importa si es una renuncia o despido, el trabajador recibirá en todo escenario el finiquito. Como ya se señaló, el pago del finiquito no excluye el pago de la liquidación, siempre que el segundo proceda. 

¿Cómo hacer el cálculo de finiquito? 

En el monto del finiquito están comprendido el pago por los días trabajados después del pago que antecede al término del contrato laboral, la parte proporcional de las prestaciones de ley generadas como aguinaldo y prima vacacional, así como los días de vacaciones que no fueron disfrutados. En caso de existir, se agregan los montos de las partes proporcionales de prestaciones tales como vales de despensa, bonos navideños, caja de ahorro. En el finiquito sólo hay prima de antigüedad si el trabajador laboró en la empresa por más de 15 años.

 

¿Qué es la liquidación? 

Por otra parte, la liquidación sólo es obligada cuando la responsabilidad del término de la relación laboral no recae en el trabajador, por lo que este concepto representa una indemnización por parte del patrón.

El monto de la liquidación se compone de tres meses de salario por concepto de indemnización, 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados y el pago de una prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado. Además, se considera el pago de las partes proporcionales del aguinaldo, las vacaciones y prima vacacional, más las prestaciones que haya generado el trabajador y que no se hubiesen pagado aún al momento de su despido.