Columna invitada

El segundo imperio [IV y último]

-La ley de 1866 sirvió para arrestar y después fusilar a Maximiliano, Miramón y Mejía

El segundo imperio [IV y último]
Rubén Martínez Cisneros / Colaborador / Opinión El Heraldo de México Foto: Especial

El 10 de agosto de 1866, la emperatriz Carlota de Habsburgo le escribe a su esposo, el emperador Maximiliano, después de su entrevista con Napoleón III: “Lo que me llamó la atención fue que yo sé más de la China que esta gente de México, donde se arriesgaron en una de las más grandes empresas en que ha intervenido nunca la bandera francesa”.

La anterior y la siguiente carta se encuentran en el libro Correspondencia inédita entre Maximiliano y Carlota de Konrad Ratz, FCE 2003. Para el día 15 de agosto del año antes citado, Carlota le envía las siguientes líneas: “Tesoro entrañable amado: Ante todo estoy perfectamente y tu corazón puede estar tranquilo sobre este punto. En segundo lugar, tengo la convicción de que se podrá lograr algo porque hay interés por ello, pero la mala voluntad y la ineptitud en las altas esferas son grandes… He hecho todo lo humanamente posible”.

Por su parte, la historiadora Susanne Igler apunta: “Desde un principio, las entrevistas con Napoleón III empezaron bajo una mala estrella y no se necesitaba mucha clarividencia política para llegar a la misma conclusión que Prosper Marimée, de quien opinó: "Una mujer arrogante… se le dará de comer, pero no creó ni dinero ni tropas". Y tuvo razón, concluye Igler.

Agrega la historiadora: El 27 de septiembre de 1866, visitó al Papa Pío IX, quien “se mostró muy evasivo y solo respondió en términos vagos… En una segunda audiencia en el Vaticano, el famoso non possumus de la Santa Sede quedó cada vez más patente… Este ‘no’ decisivo equivalía al golpe mortal para el imperio. La emperatriz, cada vez más agotada, nerviosa y con grandes ojeras, obviamente sucumbió ante tanta presión”.

En el primer artículo de la ley del 25 de enero de 1862, se establecía y se castigaba con la pena de muerte: “Es delito contra la independencia y seguridad de la nación: la invasión armada, hecha al territorio de la República por extranjeros y mexicanos, o por los primeros solamente, sin que haya precedido declaración de guerra por parte de la potencia a la que pertenezcan”.

El 17 de febrero de 1866, en San Juan del Río, Querétaro, Maximiliano lanza su proclama: “Hoy me pongo al frente de nuestro ejército. Libre nuestra acción de todo influjo extranjero…”. Para el 15 de mayo de 1867, el emperador y los generales Miguel Miramón y Tomás Mejía son hechos prisioneros.  

Días después le escribe al Barón de Magnus, Ministro de Prusia en México: “Tenga usted la bondad de venir a verme cuanto antes, con los abogados D. Mariano Riva Palacio y D. Rafael Martínez de la Torre, u otro que usted juzgue que es bueno para defender mi causa; pero deseo que sea inmediatamente, pues no hay tiempo que perder. No olviden ustedes los documentos necesarios”.

La controvertida ley arriba citada sirvió de pilar para que en el Cerro de las Campanas, Maximiliano, Miramón y Mejía fueran juzgados y fusilados el 19 de junio.  Concha Lombardo escribió en sus Memorias: “¡Querétaro!… Allí recibí las últimas caricias de mi amado esposo, allí recibí su último beso…

CITA

La emperatriz, cada vez más agotada, nerviosa y con grandes ojeras, subumbió ante tanta presión

POR RUBÉN MARTÍNEZ CISNEROS

COLABORADOR

MAAZ

 

Temas