Cuando se habla de temas sociales, la única constante es el cambio. En este sentido, las propuestas que se han presentado en los últimos días sobre cómo debería llevarse a cabo la elección de las y los ministros que conforman la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) —tribunal que encabeza el Poder Judicial de nuestro país—, deben verse con normalidad, es decir, es natural buscar ajustes.
Sin embargo, para saber si éstos responden a la realidad que compartimos y queremos, debemos empezar por conocer qué se quiere modificar.
Entre las tareas principales del Poder Judicial está controlar las acciones de los otros dos poderes: el Legislativo y el Ejecutivo. Esto lo hace a partir de la Constitución, pues es el encargado de observar e interpretar la ley.
Innovar, entonces, el mecanismo en que se eligen a los once ministros que conforman a la SCJN nos obliga a reflexionar sobre el perfil de las personas que nos cuidarán ante posibles omisiones legales.
Cuando escuchamos “la Corte lo declaró como inconstitucional”, como sucedió con el “decretazo” que pretendía calificar obras principales de la 4T como seguridad nacional; el Plan B electoral y la militarización de la Guardia Nacional, estamos siendo testigos del control que el Judicial ejerce sobre los otros dos poderes al invalidar algunas de sus decisiones.
Hoy en día, elegimos a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de manera indirecta, esto es: votamos por los representantes que, a su vez, seleccionan a quienes ocuparán el cargo.
Por simplificar la descripción del proceso, diremos que el Presidente de la República propone candidatos quienes son aprobados por el voto de 2/3 partes del Senado.
Cada ministro dura en el cargo 15 años. También, la Constitución contempla criterios necesarios para cualquiera que busque ejercer el cargo, a partir de lo cual tenemos cierta garantía.
A saber, el procedimiento en México es casi idéntico al de Chile, Argentina y Estados Unidos: el Ejecutivo propone y los senadores aprueban.
En Estados Unidos hay una diferencia importante, pues el Presidente evalúa los postulados a través de otros departamentos y altos asesores. Caso distinto es Bolivia donde se eligen a los magistrados por voto popular o El Salvador donde son designados por el Legislativo.
Hasta ahora hay sobre la mesa dos propuestas de reforma al Poder Judicial y, por su parte, nuestro Presidente declaró que en septiembre de este año enviará al Congreso una iniciativa en este sentido. La cuestión abre el debate sobre: criterios para la elección de los candidatos, periodo en el cargo y la forma en que consideramos que los magistrados deben ser designados; buscando la popularidad entre ciudadanos —como se hace para gobernantes y legisladores— o por acuerdo de quienes ya fueron votados por nosotros.
Nos toca decidir ¿qué consideramos más justo?
POR MARLENE MIZRAHI
COLABORADORA
@MARLENEMIZRAHI
LSN