COLUMNA INVITADA

Un marco normativo para el regreso a clases presenciales

Se requiere de la publicación de protocolos y manuales para la reapertura de las escuelas por parte de la SEP

OPINIÓN

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Sandra Creixell/ Colaboradora/ Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Foto: Especial

La escuela, para ser ese espacio que promueve y garantiza el aprendizaje de todas las niñas, niños y jóvenes, requiere de muchas personas y sus acciones individuales y colectivas para ser una realidad. Les llamamos agentes de cambio y estamos en todas partes: en las autoridades educativas locales y federales, en el personal docente y directivo, en las familias, en las comunidades escolares, en la sociedad civil organizada y en la sociedad en general.

Para poder transformar la educación, cada agente de cambio, desde su situación necesita: un marco normativo adecuado que otorgue un marco de acción amplio y acorde al derecho a la educación; toda la información relevante y pertinente para tomar decisiones; las habilidades técnicas que correspondan; espacios y mecanismos de comunicación y participación; y, recursos materiales suficientes.

Hoy, el reto que tenemos las y los agentes de cambio es lograr el regreso gradual y oportuno a las clases presenciales. Somos uno de los países en el mundo que más tiempo ha tenido suspendida la escuela presencial. Los efectos negativos sobre el aprendizaje ya están documentados, es momento de priorizar el regreso sin dejar de lado la salud, al contrario, salvaguardar ambas cosas de la mejor manera posible. Pero esto es imposible si no tenemos un marco normativo que permita avanzar en el proceso.

Es necesario, en primer lugar, reformar los acuerdos del Consejo de Salubridad General y los emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) para: a) calificar como ESENCIALES los servicios educativos y b) flexibilizar el criterio relativo a que se requiere semáforo verde para reabrir las escuelas y abrir la posibilidad de que sea en AMARILLO.

Esto permitiría que las autoridades educativas locales y las comunidades escolares cuenten con un margen de acción que les permita evaluar las circunstancias específicas de su escuela para empezar el proceso de reapertura gradual.

En segundo, se requiere la publicación de protocolos y manuales para la reapertura de las escuelas por parte de la SEP y las autoridades educativas locales, en el ámbito de sus competencias. Esto dotará de herramientas e información a las y los agentes de cambio para iniciar estos procesos con el apoyo y fundamento legal que otorga seguridad jurídica a todas y todos.

Contar con un marco normativo adecuado no es una cuestión meramente formal sino que cumple una función habilitadora sin la cual, las y los agentes de cambio nos quedamos sin margen de acción. De acuerdo con principio de legalidad, las autoridades tienen prohibido hacer todo aquello que no este expresamente permitido y el resto de las personas no pueden hacer lo expresamente prohibido. Si el marco legal no permite la reapertura de las escuelas, ésta seguirá siendo imposible.

POR SANDRA CREIXELL
*DIRECTORA DE ESTUDIOS JURÍDICOS DE MEXICANOS PRIMERO
@SANDRACREIXELL

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