COLUMNA INVITADA

Fuerzas armadas en seguridad pública, aún en veremos

Guardadas las proporciones, esto equivale a mandar a los bomberos a combatir un incendio sin su respectivo “chaquetón” y demás equipo que los proteja en caso de que el fuego los llegara a alcanzar

OPINIÓN

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Facundo Rosas / Colaborador / Opinión El Heraldo de México Créditos: Especial

En tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza, discute y vota la controversia constitucional 90/2020, previa determinación de la Primera sala de turnarla a la máxima instancia del poder judicial de la federación, el papel de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad pública continuará en el limbo y la operación de los elementos castrenses incorporados a la Guardia Nacional seguirá sujeta a un oficio de comisión mientras que los restantes seguirán realizando labores de apoyo pero sin respaldo jurídico.

Por lo menos así seguirán lo que resta del año y los primeros meses de 2022 los casi 64 mil efectivos que sin haberse separado formalmente de la secretarías de la Defensa Nacional y de Marina operan con el uniforme de la GN pero cargan en sus espaldas la responsabilidad de prevenir y combatir los delitos del fuero federal y común, incluyendo la detención de presuntos integrantes de la delincuencia organizada.

Guardadas las proporciones, esto equivale a mandar a los bomberos a combatir un incendio sin su respectivo “chaquetón” y demás equipo que los proteja en caso de que el fuego los llegara a alcanzar.

Quizá esa sea una de las razones por las que los efectivos de la GN la piensan dos veces antes de hacer frente a los grupos delictivos a los que a diario ven pasar durante sus patrullajes pero en escasas ocasiones proceden en su contra y cuando los enfrentan la tasa de letalidad sigue siendo tan alta como en sexenios anteriores, es decir casi todos los transgresores de la ley “abatidos” y unos cuantos heridos.

La otra razón por la que no enfrentan a los grupos de la delincuencia organizada es la “camisa de fuerza” en que los ha metido el comandante supremo de las fuerzas armadas con su política de “abrazos, no balazos”.

Ejemplo de lo anterior es lo que sucede en el estado de Zacatecas, donde en marzo de este año la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana recibió la orden presidencial de resolver el problema de violencia que empezaba a repuntar, sin embargo tuvieron que aparecer 18 personas colgadas en los municipios de Cuauhtémoc (10) y Fresnillo (8) para entender que la violencia se ha recrudecido antes de haber desaparecido.

En términos cuantitativos, tuvieron que perder la vida 1,211 personas (de marzo al 23 de noviembre) para que el presidente de la República regresara a Zacatecas y se diera cuenta que su instrucción no fue acatada y que en lugar de ello la responsable de la seguridad del gobierno federal se fuera a coordinar la entrega de vacunas anti Covid-19 a los estados de Chihuahua, Baja California y Puebla.

Ojalá no tarde tanto la resolución por parte del pleno de la Corte para que de una vez por todas los elementos de las fuerzas armadas que hoy realizan labores de seguridad pública tengan certeza jurídica en cada una de sus acciones de prevención y combate a la delincuencia, en particular al momento de detener en flagrancia a un probable responsable, dado su papel de primer respondiente en el nuevo sistema de justicia penal.

De paso definiría en qué consiste y quién se encargará de asegurarse que la participación de la fuerza armada permanente para tareas de seguridad pública sea de manera “extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, porque hasta ahora no hay claridad al respecto y al parecer tampoco les interesa. En el eventual caso de que las cosas no resultaran como esperan, aún hay tiempo de volver a empezar.

POR FACUNDO ROSAS
EXCOMISIONADO DE LA POLICÍA FEDERAL

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