Ante el incumplimiento del Comité de Evaluación del Poder Judicial para reanudar el proceso de elección de candidatos a juzgadores, la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal propuso sustituir esas atribuciones para que las absorba al Senado y que, a través de una tómbola, elija a los candidatos que le corresponden Comité de Evaluación del PJ.
En un proyecto que hizo público la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto Fregoso, precisa que el Comité de Evaluación del Poder Judicial incurrió en desacato por incumplir un ordenamiento de la Sala Superior para reanudar el proceso de selección de candidaturas a jueces, magistrados y ministros respecto de la elección judicial del primer domingo de junio.
Incluso sostuvo que dicho comité incurre en faltas graves al frenar el proceso de elección del Poder Judicial. Ante esto, este lunes, la Sala Superior se reunirá para analizar la posibilidad de que alguna autoridad diversa sustituya al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación en las actividades que constitucionalmente tiene encomendadas, a efecto de cumplir con el mandato constitucional dispuesto por el Órgano Reformador de la Constitución.
“Cabe puntualizar que este TEPJF puede llevar a cabo todas las acciones que resulten necesarias y adecuadas para garantizar el cumplimiento de sus sentencias, lo que desde luego incluye vincular a diversas autoridades para cumplir sus determinaciones, con independencia de que no tengan la calidad de partes, en función de la obligación correlativa a la eliminación de cualquier obstáculo tendente a impedir el cabal cumplimiento de las resoluciones, como puede ser la resistencia de las autoridades directamente vinculadas, o bien acelerar cualquier trámite que pudiera retrasar la reparación ordenada”, indica la propuesta de la magistrada presidenta.
La propuesta de Soto Fregoso es que se establezca que la Mesa Directiva del Senado tome los acuerdos, lineamientos y formularios requeridos, relativos a efectuar la fase de insaculación pública a todas aquellas personas que resultaron con un dictamen favorable de cumplimiento de requisitos de elegibilidad emitido por el Comité de Evaluación del Poder Judicial, lo que implica modificar el proceso de selección sin que sea factible realizar el procedimiento para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes ante lo avanzado de las etapas del procedimiento y la proximidad de la fecha de remisión de la lista de las personas elegibles que será a más tardar el 31 de enero.
“Se estima válido que la Mesa Directiva del Senado implemente las medidas necesarias para establecer este procedimiento de insaculación pública, ya que es la autoridad a la que el Poder Revisor de la Constitución le confirió el mandato de emitir la convocatoria general en la que se prevean las bases y reglas generales que deben observarse durante el procedimiento electivo, por lo que resulta factible que organice a detalle y provea en la esfera administrativa la observancia de la fases pendiente de desahogar de este proceso electoral de reforma judicial, máxime que la CPEUM, y en los artículos transitorios del Decreto de reformas constitucionales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024”, precisa.
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