La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la asignación de diputaciones plurinominales no impactará en la integración de la legislatura electa en junio pasado.
Esto porque el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá aseguró que la resolución de la denuncia de contradicción de criterios que promovió el PAN no tendrá efectos retroactivos.
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“Sin adelantar mi criterio y repito, sin adelantar mi criterio, sobre un tema que me encuentro todavía estudiando, habría que recordar, en este punto, que las contradicciones de criterio no son retroactivas, no son retroactivas por mandato constitucional y que, en específico, el proceso electoral se rige por el principio de certeza jurídica contenido, entre otros, en el artículo 105 constitucional que regula puntualmente nuestro modo de actuar”, explicó.

Aseguró que se tomará el tiempo debido para analizar el recurso presentado por el líder del PAN, Marko Cortés, y proponer un proyecto de sentencia al Pleno, pero este no tendrá el efecto de reemplazar las decisiones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con respecto a las impugnaciones contra la sobrerrepresentación de Morena en la Cámara de Diputados.
“Como es notorio, se han generado expectativas y confusiones en torno a los alcances del medio de control invocado que puede resultar más nocivo que enriquecedoras en un contexto como el actual, a horas o días de que la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación resuelva, en forma definitiva e inatacable, las últimas impugnaciones sobre las elecciones federales de diputados y senadores del proceso electoral en curso”, dijo.
Destacó que la Sala Superior es el órgano especializado, competente, para conocer, en última instancia, sobre la debida asignación de diputaciones o senadurías por el principio de representación proporcional, hecha por el Consejo General del INE, asumiendo así su responsabilidad histórica.
“De conformidad con el artículo 99, fracción I de la Constitución y el diverso 62 de la Ley General de Medios de Impugnación, la Sala Superior es la única autoridad facultada para revisar la asignación de diputaciones o senadurías por el principio de representación proporcional.
“Por lo tanto, no puede caber ni la menor duda, no puede caber ni la menor duda de que yo soy y seré el primero en observar y respetar esta previsión competencial específica”, enfatizó.
TJM