La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que con el amparo concedido recientemente a empresas en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) se evitó una condena económica para México, en el contexto del T-MEC.
El máximo tribunal determinó el pasado 31 de enero que la reforma de 2021 a la LIE vulnera los principios de competencia y libre concurrencia, por lo que declaró inconstitucional el orden de prelación en el despacho de energía eléctrica.
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La Segunda Sala del máximo tribunal amparó a seis empresas: La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.
SCJN generan consecuencia a participantes
Este miércoles, la Corte señaló que, además de conceder el amparo a estas empresas, se generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista.
Una de las implicaciones de esa resolución, indicó, impactó de forma decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del T-MEC, contra México por la política del gobierno en el sector.
“Es decir, la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético", explicó la Corte.
En esa sesión de la Sala, el ministro Alberto Pérez Dayán dio su voto de calidad como presidente, debido a que el ministro Javier Laynez Potisek se excusó y no votó en este asunto.
Esto ocasionó que los diputados de Morena solicitaran juicio político contra Pérez Dayán.
DRV/TJM