SE DEROGA EL PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 33 DE LA CONSTITUCIÓN

AMLO presenta decreto que permite a extranjeros participar en asuntos políticos de México

La norma de la Carta Magna que permitía la deportación de foráneos que opinan sobre cuestiones públicas ahora se llevaría a cabo previo cumplimiento de las garantías del debido proceso consagradas en los artículos 14 y 16

NACIONAL

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La propuesta presidencial deroga el párrafo que indica que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”.
La propuesta presidencial deroga el párrafo que indica que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”.Créditos: Leslie Pérez

En la gaceta parlamentaria de la Cámara de Diputados, se publicó la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador que modifica y deroga el artículo 33 constitucional que permitiría a los extranjeros opinar e inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

La propuesta presidencial deroga el párrafo que indica que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”.

En la exposición de motivos, el jefe del Ejecutivo federal, señala que la norma de la Carta Magna que permitía la deportación de extranjeros que opinan en las cuestiones políticas, ahora, dicha expulsión se deberá llevar a cabo previo cumplimiento de las garantías del debido proceso consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales.

Indica que la redacción del artículo 33, requiere de una actualización en congruencia con el marco constitucional, en el que la defensa y protección de los derechos humanos de las personas por parte de las autoridades mexicanas, es la regla, y en el que las excepciones que justifiquen su limitación deben estar perfectamente definidas fundadas y motivadas.

La propuesta presidencial deroga el párrafo que indica que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país. Foto: Especial

Con el decreto de Palacio Nacional, en el que se reforman los párrafos primeros y segundo, y se deroga el párrafo tercero del artículo 33 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, la norma quedaría de la siguiente manera:

Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 33 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta constitución, por lo que queda garantizado su derecho a la libre manifestación de las ideas.

El ejecutivo de la unión previa audiencia y agotado el procedimiento administrativo que señale la ley llevado a cabo ante autoridad competente, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras, siempre y cuando se acredite que su estancia en el país constituye un riesgo o afectación a la seguridad nacional.

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