PÍO LÓPEZ OBRADOR

Ministra Loretta Ortiz está impedida para conocer de reclamo por caso Pío López

El órgano electoral presentó un recurso de reclamación contra la admisión de la controversia constitucional y Ortiz se declaró impedida para conocer de este

NACIONAL

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La ministra Loretta Ortiz está impedida para conocer de un recurso de reclamación. Créditos: Cuartoscuro

La ministra Loretta Ortiz está impedida para conocer de un recurso de reclamación derivado de la controversia constitucional que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) contra la sentencia que le obliga a entregar la información sobre la investigación contra Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La FGR presentó la controversia porque se niega a dar la información al Instituto Nacional Electoral (INE).

El pasado 21 de febrero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya había determinado que Ortiz no puede conocer de la demanda porque es esposa de José Agustín Ortiz Pinchetti, titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales(FISEL).

El órgano electoral presentó un recurso de reclamación contra la admisión de la controversia constitucional y Ortiz se declaró impedida para conocer de este.

Juan Luis González Alcántara Carrancá, integrante del máximo tribunal, propuso calificar de legal ese impedimento porque desde febrero se indicó que existe un vínculo personal entre la ministra y Ortiz Pinchetti que forma parte de la Fiscalía y eso podría generar un conflicto de interés.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya había determinado que Ortiz no puede conocer de la demanda.
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“El vínculo personal que une a la señora ministra con una persona que labora en la Fiscalía General de la República, actora que tuvo intervención en el procedimiento del que deriva el acto impugnado y que además fue señalado como delegado para actuar en la controversia constitucional de origen, podría generar un aparente conflicto de intereses, pues lo que se procura es la imparcialidad de la señora ministra y de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“En estas condiciones, en la propuesta se estima que si ya se determinó que la señora ministra no puede conocer de la controversia constitucional principal, luego entonces, la consecuencia natural y la consecuencia lógica es que tampoco está en condiciones de decidir sobre los asuntos que deriven de aquella, es decir, de cualquier otro medio de impugnación como es el caso del recurso de reclamación”, señaló González Alcántara Carrancá.

La propuesta del ministro fue aprobada por unanimidad.

SSB

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