La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de la Constitución de Nuevo León que buscaba proteger la vida desde la concepción, mismo que fue aprobado el pasado marzo de 2019.
Lo invalidado por la SCJN incluía una parte del Artículo 1 de la Constitución del estado, que protegía el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. Mencionando que el estado “reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene. Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.
En la discusión, los ministros de la corte mencionaron que los estados carecen de competencia para delimitar y dimensionar los derechos humanos. La Ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó que dicha discusión es similar a la que se realizó en el estado de Sinaloa, señalando que los Congresos locales no pueden definir el inicio de la vida, por lo que son reformas inconstitucionales.
“Serían dos conceptos de invalidez; la incompetencia legal de los Congresos locales para definir el derecho a la vida , en específico cuando comienza así como la noción de la persona para efectos de su protección desde el estado. Segundo, la restricción que implica a los derechos humanos de las mujeres y las personas gestantes”
La invalidez fue aprobada por mayoría de 10 votos por la Suprema Corte este jueves. Dicho texto invalidado había sido cuestionado por los colectivos feministas en el estado de Nuevo León, al considerar que se había creado con la intención de obstaculizar el acceso al aborto en el estado, aunque dicha reforma no prohibía legalmente el aborto.
Cabe mencionar que el proyecto de una nueva Constitución para el estado, presentado por el Gobernador Samuel García y aprobado en una primera vuelta por el Congreso local incluye este texto en el Artículo 4. Dicho proyecto está siendo evaluado y tendrá que ser discutido nuevamente y aprobado antes de que termine el año.
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