REVOCACIÓN DE MANDATO

TEPJF declara inaplicable decretazo de propaganda gubernamental

Es decir, los servidores públicos no podrán realizar promoción de la consulta del 10 de abril

NACIONAL

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El Tribunal Electoral mantiene como prohibida la propaganda gubernamental en periodo de veda en favor o en contra del Presidente de la República.
El Tribunal Electoral mantiene como prohibida la propaganda gubernamental en periodo de veda en favor o en contra del Presidente de la República.Créditos: Especial

Esta noche, en sesión privada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inaplicable el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato, por lo que los servidores públicos tienen prohibido realizar promoción de la consulta del 10 de abril. 

Con el voto en contra de los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, prácticamente echaron abajo el llamado decretazo que fue avalado por el Congreso de la Unión. 

La Sala Superior avaló el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña en el que declaran inaplicable el Decreto a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato –lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general–. 

"Al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional", indica la resolución 

 Los magistrados también confirmaron las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenó a la Gobernadora de Campeche y a Morena eliminar de sus redes sociales la publicación en apoyo al Presidente de la República, porque se estimó que se trataba de propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido, calificada previamente como aparentemente ilegal por el INE

Las publicaciones denunciadas sí podrían ser propaganda gubernamental prohibida –desde un análisis preliminar–, puesto que los razonamientos planteados en relación con el comunicado ya fueron analizados y desestimados por esta Sala Superior, al resolver el SUP-REP-33/2022 y acumulados.

En ese sentido, el Tribunal Electoral mantiene como prohibida la propaganda gubernamental en periodo de veda en favor o en contra del Presidente de la República en el contexto del actual procedimiento de revocación de mandato

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