REVOCACIÓN DE MANDATO

Pregunta sobre la revocación de mandato quedará igual; SCJN rechaza modificarla

El nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador seguirá apareciendo en la boleta

Pregunta sobre la revocación de mandato quedará igual; SCJN rechaza modificarla
La consulta continuará como lo marca la ley Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó invalidar la parte de la pregunta de la consulta sobre revocación de mandato que infiere la ratificación del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que se queda el cuestionamiento original.

El Pleno del máximo tribunal continuó con el debate de la acción de inconstitucionalidad que presentaron diputados de oposición contra diversos artículos de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada el 14 de septiembre de 2021, por considerar que el legislador se excedió en sus facultades al modificar la naturaleza del ejercicio participativo, pues se incluyeron elementos de una ratificación.

“La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”, indica la fracción quinta del artículo 19 impugnada.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso invalidar la porción “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”, pero no se reunieron los ocho votos necesarios para aprobar lo que planteó.

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Al respecto, el ministro presidente Arturo Zaldívar dijo que no advierte que la redacción de la pregunta se confronte con el objetivo del mecanismo de revocación de mandato.

“No se convierte en un proceso de ratificación ni mucho menos de ampliación de mandato”, enfatizó.

Los ministros aseguraron que la pregunta es clara.

Aseguró que ya no se puede cambiar la pregunta porque las 3.4 millones de firmas de ciudadanos recabadas para la consulta se consiguieron con base en el cuestionamiento impugnado.

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“Esta posible o probable invalidez no se puede aplicar para el procedimiento actual de revocación de mandato. No nos puede pasar desapercibido al tribunal pleno que el procedimiento de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024 inició en el periodo comprendido del 1 al 15 de octubre de 2021, en el que la ciudadanía dio aviso de intención al INE.

“Además, de acuerdo con la información del propio INE, en este momento ya se ha cumplido con el umbral de firmas requerido para iniciar el procedimiento de revocación de mandato, 3.4 millones de mexicanas y mexicanos han firmado para que se lleve a cabo la revocación de mandato, estas firmas se hicieron con base en esta pregunta, esta pregunta es la que hizo que la gente reuniera las firmas, me parece que no podemos cambiar a pregunta a mitad del camino”, explicó.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa también votó en contra del proyecto porque consideró que no desnaturaliza la figura de revocación de mandato.

Loretta Ortiz y Juan Luis González Alcántara se sumaron a los ministros que no apoyaron el planteamiento de Pardo Rebolledo.

Los integrantes de la Corte, Javier Laynez Potisek, Norma Piña, Margarita Ríos-Farjat, Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo se pronunciaron a favor de la propuesta.

“Yo voy a votar a favor de la propuesta, pues la parte de la pregunta prevista en la ley impugnada que indaga si se prefiere que el funcionario siga en la Presidencia de la República hasta el final de su periodo, a mi juicio no es acorde con la definición constitucional de la revocación de mandato ni con la finalidad de la misma en tanto mecanismo de la democracia participativa”, indicó Piña.

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