La minuta aprobada por el Senado de la República que aumenta los días de vacaciones a los trabajadores de nuestro país, ya se encuentra en la Cámara de Diputados y fue turnada a la Comisión del Trabajo y Previsión Social para su dictamen.
De aprobarse en los próximos días en San Lázaro, con el Artículo Transitorio Primero, el decreto entraría en vigor el 1° de enero de 2023, o al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, si esta fuera en el año 2023.
El pasado 3 de noviembre, se aprobó en la Cámara Alta la propuesta para que las personas trabajadoras puedan disfrutar en forma continua de doce días de vacaciones, por lo menos; que aumenten en dos días hasta llegar a veinte por cada año subsecuente de servicios; y, que, a partir del sexto año, el periodo de vacaciones crezca en dos días por cada cinco de servicios.
El proyecto de decreto reforma los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.
Sobre los nuevos días libres
Con los cambios, el Artículo 76 quedaría de la siguiente manera: “Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
El Artículo 78 quedaría de la siguiente manera: “Las personas trabajadoras, deberán disfrutar en forma continua doce días de vacaciones, por lo menos.
Las disposiciones transitorias establecen que las modificaciones de este decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.
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dhfm