GUERRERO

Confirma Sala Superior del TEPJF triunfo de Evelyn Salgado en Guerrero

Sala Superior del Tribunal Electoral lo confirmó por unanimidad

NACIONAL

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Tanto el PRI como el PRD indicaron que el Tribunal de Guerrero omitió requerir el padrón de beneficiarios.Créditos: Twitter

Por unanimidad de votos la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el triunfo de Evelyn Salgado Pineda en la elección por la gubernatura de Guerrero.

La noche de este miércoles el órgano jurisdiccional sesionó de manera virtual para resolver, entro otros casos, el Juicio de Revisión Constitucional (JRC) promovido por el PRI y el PRD, partidos que hicieron una alianza en el reciente proceso electoral, en contra de la declaración de validez de la elección del 6 de junio y la entrega de la constancia de mayoría a favor de Salgado Pineda, postulada por Morena.

Ambos denunciaron la presunta violación a los principios de neutralidad e imparcialidad durante el desarrollo del proceso electoral, tanto del presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, como otros funcionarios del Ejecutivo Federal, con la intención de coaccionar al voto en favor de Morena.

Entre los presuntos agravios denunciados están el pago de beneficios por concepto de programas sociales en Guerrero durante la etapa de campañas electorales, lo que, a criterio de los inconformes influyó y coaccionó “de forma masiva” las preferencias en el electorado.

Tanto el PRI como el PRD indicaron que el Tribunal de Guerrero omitió requerir el padrón de beneficiarios de los 32 estados del país de los diferentes programas sociales que otorga el gobierno federal, así como la dispersión de esos recursos, montos asignados y fechas de pago del 5 de enero al 6 de junio.

Otro señalamiento realizado es que el órgano local no analizó las conductas “reiteradas” del presidente  en redes sociales y medios de comunicación, así como en sus conferencias de prensa matutinas que, afirman, influyeron determinantemente en los resultados.

Además, en el juicio, PRI y PRD  afirmaron que la aprobación de la candidatura de Evelyn Salgado es ilegal porque no se eligió conforme a la normativa partidista (registrarse como aspirante) ni cumplió los requisitos de elegibilidad previstos en la ley local, lo que, a su consideración, es impedimento para que la candidata ocupe un cargo de elección popular.

Sin embargo, en su proyecto de resolución, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón determinó que al PRI y al PRD “no les asiste la razón” y propuso desestimar sus planteamientos y confirmar el triunfo de Evelyn Salgado. 

Del presunto uso de programas sociales por parte del gobierno federal para coaccionar el voto, la Sala Superior aseguró que se acreditó “de forma clara” que éstos se dejaron de entregar el 3 de abril, dentro de los límites previstos por la ley, por lo que no existe una violación a la equidad de la contienda.

“Ello lleva a esta Sala Superior a concluir que la entrega de dichos programas sociales no vulneró los principios constitucionales de neutralidad y parcialidad, por ende, tampoco pueden considerarse como una irregularidad”.

De las presuntas presiones que ejerció un servidor público federal de Tierra Caliente a servidores de la nación vía WhatsApp para que votaran por Morena, el órgano jurisdiccional precisó que las capturas de pantalla presentadas por los denunciantes son pruebas ilícitas.

“Esto es, las conversaciones en WhatsApp son comunicaciones privadas y, por tanto, para que puedan tener eficacia probatoria en el proceso jurisdiccional electoral debe estar demostrada la licitud de su obtención, cuestión que en el caso no aconteció”.

También indicó que es infundado el agravio en el cual los inconformes reclaman que el Tribunal local dejó de valorar que la candidata de Morena cumpliera con los requisitos de elegibilidad previstos por la Ley.

“En conclusión, el Tribunal local sí se pronunció respecto de los agravios vertidos por el PRI y el PRD respecto del incumplimiento de requisitos estatutarios de la candidatura de Evelyn Cecia Salgado Pineda, además de que el cumplimiento o no de esos requisitos partidistas no es un acto que perjudique de manera directa a los actores, pues solo quienes tienen interés en los asuntos del partido pueden alegar su vulneración”, se lee en el proyecto que fue aprobado por unanimidad de votos.

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