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¿En qué consiste el uso lúdico de la mariguana? La Suprema Corte anuló su prohibición

En primera instancia se permitirá llevar hasta 28 gramos de mariguana por persona mayor de 18 años y se podrá cultivar hasta seis plantas de cannabis

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Su uso contempla regulaciones, posesión y cultivo de la hierba. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte anuló la prohibición del consumo lúdico de la mariguana de la Ley General de Salud por lo que la cannabis se considerará legal para entretenimiento. El proyecto de sentencia fue elaborado por la ministra Norma Piña y fue aprobado por mayoría calificada de ocho votos del pleno de la Corte.

¿En qué consiste el uso lúdico de la mariguana? 

El adjetivo lúdico es usado para calificar las actividades de recreación y diversión, por lo tanto está vinculado al entretenimiento. En relación con la mariguana, su uso contempla regulaciones, posesión y cultivo de la hierba.

En primera instancia se permitirá llevar hasta 28 gramos de mariguana por persona mayor de 18 años y se podrá cultivar hasta seis plantas de cannabis; se deberá consumir en casa habitación para su uso personal; se podrá consumir en asociaciones de cannabis y podrá comercializarse con fines lúdicos con la venta a mayores de edad.

Los consumidores deberán llevar a cabo medidas necesarias para impedir que el humo de la mariguana pueda ser inhalado por personas que no son consumidoras.

Además, la producción de la cannabis podrá tener fines industriales con productos derivados de la planta que, sin embargo, deberán ser aprobados por la Comisión Nacional contra las Adicciones. Asimismo la hierba podrá ser tratada para fines de investigación. 

Para el cultivo de las personas que produzcan o distribuyan la planta de cannabis con fines comerciales deberán tener una licencia.

Sin embargo, a las personas que faciliten la mariguana a menores de edad, es catalogado como un delito y afrontarían las consecuencias legales.

RMG