REGULACIÓN DEL CANNABIS

Diputados frenan creación del Instituto Mexicano del Cannabis; Conadic regulará consumo

La Cámara de Diputados perfiló aprobar con cambios la minuta que permite el uso lúdico de la mariguana en México, debido a que frena la creación del Instituto Mexicano del Cannabis

NACIONAL

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Los diputados buscan que el consumo de mariguana prevalezca un enfoque de salud. Foto: Especial

La Cámara de Diputados perfila aprobar con cambios la minuta del Senado que permite el uso lúdico de la mariguana en México, pues frena la creación del Instituto Mexicano del Cannabis; además, propusieron que sus atribuciones de órgano regulador sean dadas a la ya existente Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic), organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud.

Un enfoque de salud

De acuerdo al proyecto de dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, el argumento de los diputados es que en la apertura del consumo de mariguana prevalezca un enfoque de salud, más no de intereses comerciales y económicos; también, a fin de evitar mayor burocracia al crear un nuevo instituto y mantener la política de austeridad.

“Con la Ley Federal para la Regulación del Cannabis se pretende, a través de un enfoque de salud pública, vincular el derecho al consumo del cannabis con el derecho a la producción para autoconsumo, ya sea de manera personal en casas habitación, o como partícipes en asociaciones civiles legalmente constituidas; así mismo, establece las normas para regular la cadena productiva del cannabis, sin promover ni fomentar su producción y consumo. Dado lo antes mencionado, lo que resulta más adecuado es que la CONADIC sea el órgano desconcentrado al que se refiere la citada ley, evitando con ello la creación de un nuevo organismo y el impacto presupuestario que esto conlleva”, señala el texto.

Modificación de bases

En el proyecto de dictamen que discutirán próximamente las comisiones unidades de Salud y Justicia, no contempla cambios en el gramaje permitido, pero sí hace precisiones en sanciones; también, modifica las bases para otorgar licencias de producción de la yerba.  

La minuta contiene 64 artículos. En total, los diputados proponen aprobar en los términos de los senadores sólo 11 artículos; modificar por técnica legislativa, o para mejorar su redacción, 28 artículos; realizar modificaciones de fondo a 15 artículos; suprimir 7 artículos, e incorporar 5 nuevos artículos.

Entre los cambios se ajusta las bases del sistema de permisos y licencias, el cual contempla licencias por tipo de titular y por eslabón de la cadena productiva del cannabis.

“Mediante el sistema propuesto, la producción del cannabis y sus derivados tendría como fines, el auto consumo, ya sea en casa habitación o en asociaciones de cannabis; la producción para la comercialización y venta con fines lúdicos; la producción con fines de investigación, y finalmente la producción de cáñamo para fines industriales, expone.

Incorporación de un nuevo sistema de licencias

Los diputados sugieren la incorporación de un nuevo sistema de licencias para la producción del cannabis, integrado por seis tipos de licencia, una más de los cinco tipos originalmente incluidos en la minuta. El sistema de licencias propuesto por las Comisiones Dictaminadoras es el siguiente: 

  1. Integrales: las cuales permitirán la realización de todas las actividades de la cadena productiva del cannabis, desde el cultivo hasta la comercialización y venta al usuario final;
  2. Con fines solamente de producción: las cuales permitirán a sus titulares el cultivo del cannabis en las áreas especificadas en la licencia;
  3. Con fines de distribución: las cuales permitirán a sus titulares la adquisición de cannabis a un productor autorizado, con fines de venta a un comercializador autorizado;
  4. Con fines de venta al usuario final: la cual permitirán a sus titulares adquirir cannabis a un licenciatario de distribución para su venta final en establecimientos autorizados;
  5. Con fines de producción o comercialización: de productos derivados, las cuales permitirán a sus titulares comprar cannabis a un productor autorizado a fin de transformarla en productos para su venta al usuario final. Esta licencia no autorizará la venta al usuario final de cannabis seca para fumar
  6. Con fines de investigación: las cuales permitirán a sus titulares producir o adquirir cannabis psicoactivo para fines de investigación científica y desarrollo tecnológico.

Sanciones por posesión de mariguana

La ley establece las bases para la despenalización del cannabis al determinar como falta administrativa la posesión simple de más de 28 gr. y hasta 200 gr. de mariguana.

“En aras de promover una penalización acorde a los objetivos de la nueva ley, se propone también considerar como falta administrativa a la posesión sin autorización de cantidades entre 200 gr. y 200 veces el valor de la tabla prevista en el artículo 479 de la Ley General de Salud, lo que equivale a 5 kilos 600 gramos”, apunta.

También plasman en la ley el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo, como parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad, el cual deberá realizarse sin afectar a terceros.

Por Iván E. Saldaña y Nayeli Cortés

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