REVOCACIÓN DE MANDATO

SCJN frena aplazamiento de proceso de revocación de mandato

Las integrantes de la Corte resolvieron que el acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato del titular del Ejecutivo

NACIONAL

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Las ministras ordenaron al órgano electoral continuar el proceso de revocación de mandato con el presupuesto asignado Foto: Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral (INE) debe continuar con el proceso de revocación de mandato. Así lo determinaron las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa que integran la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al otorgar la suspensión a la Cámara de Diputados en la controversia constitucional que presentó el presidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna, contra la decisión del órgano electoral de aplazar el ejercicio.

Las integrantes de la Corte resolvieron que el acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si se revoca o no el mandato del titular del Ejecutivo, por lo que, con la suspensión del acuerdo se optimiza y brinda mayor eficacia al derecho de los ciudadanos y se privilegia la democracia, que es obligación del Instituto

Además, las ministras ordenaron al órgano electoral continuar el proceso de revocación de mandato con el presupuesto asignado, pues este cuenta con mil 503 millones de pesos, por lo que debe ajustarse a ese margen presupuestario.

“Vistos el escrito de demanda y los anexos de quien se ostenta como presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en representación de ésta, quien promueve controversia constitucional en contra del Instituto Nacional Electoral. 

“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite la demanda, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia”, indicaron las ministras.

En la demanda, Gutiérrez Luna solicitó la suspensión del acto que se reclama, es decir, que el INE se abstenga de posponer de forma temporal cualquiera de las actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del presidente de la República.

“Al efecto se solicita a la Ministra o Ministro instructor a quien corresponda conocer de dicha petición de suspensión, que se ordene al Instituto Nacional Electoral dejar sin efectos la totalidad del Acuerdo impugnado, de sus efectos y consecuencias, hasta en tanto se resuelva el fondo de la presente controversia”, indica la demanda.

La controversia también señala que el INE invade facultades constitucionales de la Cámara de Diputados al pretender condicionarla para que apruebe presupuesto para el ejercicio de la revocación de mandato.

“Tomando en cuenta lo anterior, es claro que con la aprobación del Acuerdo el Instituto Nacional Electoral invade facultades constitucionales otorgadas en exclusiva a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, toda vez que pretende que para llevar a cabo el ejercicio de revocación de mandato programado para el siguiente año, la Cámara de Diputados tiene el deber u obligación de aprobar el presupuesto adicional al ya aprobado en términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución Federal”, señala la demanda.

dhfm

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