CENTRO HISTÓRICO

Endurecen cierre de Centro Histórico y movilidad en CDMX

Solo residentes y huéspedes podrán transitar las calles

NACIONAL

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Las medidas emergentes se deberán aplicar del 21 de diciembre al 10 de enero de 2021.Créditos: Especial

Adicional a las medidas tomadas para el Semáforo Rojo, las autoridades aplican acciones extraordinarias en busca de disminuir contagios de Covid-19 y ocupación hospitalaria.

De esa forma, en el Perímetro A y B del Centro Histórico se montó un cerco sanitario que impide la movilidad vial y peatonal, solo pueden entrar residentes y huéspedes.

Los autos de los trabajadores deben registrarse con la Autoridad del Centro Histórico y con horario de acceso de 09:00 y hasta las 17:00 horas. Los vehículos repartidores entran solo de 10:00 a 16:00 horas.

Además de prohibir toda actividad, salvo hospedaje, farmacias y comida para llevar de los restaurantes. Además, se promueve la venta remota, mediante el sitio centroenlinea.cdmx.gob.mx

“La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México implementará, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Autoridad del Centro Histórico, las medidas necesarias para cerrar las vialidades y pasos peatonales de los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México; asimismo, establecerá los mecanismos de dosificación peatonal y vehicular indispensables, a fin de minimizar la movilidad en dicha zona.”, dice la Gaceta Oficial del Gobierno capitalino.

Ahí, el Comité de Monitoreo epidemiológico precisó aquello que puede o no hacerse durante el nuevo confinamiento que durará hasta el 10 de enero.

De esa forma, todas las tiendas departamentales, plazas y centros comerciales deberán cerrar.

Se reitera la prohibición para celebrar romerías, verbenas, fiestas patronales o posadas.

Se recuerda que toda actividad permanecerá cerrada, a excepción de las relacionadas con la atención de la salud, manufacturas, bancos, servicios de hospedaje, telecomunicaciones y hospedaje.

También puede operar la construcción, servicios de seguridad, agua y obra pública, además de producción y venta de alimentos solo para llevar.

El aforo de los establecimientos con actividades esenciales deberá ser del 30 por ciento.

Los tianguis solamente podrán comercializar productos de la canasta básica, alimentos para llevar y aquella mercancía que se determine en coordinación con las alcaldías.

Los viernes, sábados y domingos, queda suspendida de manera "alternada" la venta de bebidas alcohólicas en las 16 alcaldías.

El listado detallado de establecimientos mercantiles cuyos giros se encuentran dentro de las actividades comprendidas en el presente ordinal, podrá ser consultado en el siguiente enlace electrónico medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx.

Las medidas emergentes se deberán aplicar del 21 de diciembre al 10 de enero de 2021.

“En caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión inmediata temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda”, se indica.

Por: Manuel Durán