CONGRESO

Congreso corrige reforma de auditorías electrónicas; la envía al Ejecutivo

Los cambios que los senadores hicieron a la minuta fueron aprobados por los diputados con 448 a favor, 1 en contra y cero abstenciones

NACIONAL

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La reforma se presentó a fin de agilizar el trabajo a la ASF que aplica auditorías permanentes a la Administración Pública Foto: Cuartoscuro

La Cámara de Diputados aprobó este jueves las correcciones que el Senado le hizo a la minuta de reforma que permitirá a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) realizar fiscalizaciones por medios electrónicos y crear un Buzón Digital para las auditorías, con lo que ya fue enviada al Ejecutivo federal para su publicación.

En días pasados, el Senado modificó el artículo cuarto transitorio de la minuta de San Lázaro para especificar que el Congreso de la Unión armonizará con la reforma la Ley Orgánica del Congreso General y la Cámara hará lo mismo a fin de permitir la recepción por medios electrónicos de las denuncias a que se refiere la legislación, dentro del plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto

Los cambios que los senadores hicieron a la minuta fueron aprobados por los diputados con 448 a favor, 1 en contra y cero abstenciones. En general, la reforma establece los lineamientos de los procesos electrónicos en que las entidades fiscalizadas podrán entregar informes a la ASF.

La reforma se presentó a fin de agilizar el trabajo a la ASF que aplica auditorías permanentes a la Administración Pública; también, evitar que atraviese retrasos por el paro de actividades presenciales debido a la pandemia del COVID-19.

Para ello, se crear un Buzón Digital que operará por medio de una Firma Electrónica Avanzada expedida por la autoridad competente; estipular que la ASF podrá a su juicio realizar el proceso de fiscalización por medios electrónicos o presenciales; establecer las facultades de la ASF en los procesos electrónicos de fiscalización superior a fin de que la entidad fiscalizada conozca las consecuencias jurídicas de los actos que realice y, por otro lado, que el actuar de la autoridad se encuentre limitado respecto a alguna arbitrariedad.

En los transitorios de la Reforma a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación se establece que la Auditoría Superior de la Federación realizará y adecuará las disposiciones reglamentarias correspondientes, a fin de poner en funcionamiento la herramienta electrónica a que hace referencia el artículo 17 Bis, dentro del plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto.

Por: Iván E. Saldaña y Nayeli Cortés