PLAYAS MEXICANAS

Semarnat defendera el libre acceso a playas mexicanas

A partir de este 22 de octubre todas las playas mexicanas deberán ser de libre acceso y tránsito

NACIONAL

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Playa de Cancún. Foto: CuartoscuroCréditos: Foto: Cuartoscuro

Luego de la publicación del decreto en el que adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Bienes Nacionales, en busca de que se garantice el libre acceso y tránsito en las playas nacionales, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)  señaló su compromiso de hacer valer el marco normativo y buscar que todos los mexicanos puedan disfrutar de estos sitios de esparcimiento.

Por otro lado, señala que estas reformas establecen que el acceso a las playas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas “no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado, salvo en los casos que establezca el reglamento.

 

Así fue el decreto

 

A partir de este 22 de octubre todas las playas mexicanas deberán ser de libre acceso y tránsito, todas aquellas personas o empresas que lo prohiban podrán recibir una multa de hasta un millón de pesos.

 

Ayer se publicó en el Dinero Oficial de la Federación (DOF) un decreto del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en cual se adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Bienes Nacionales y no restringir el paso a las playas.

En este decreto se adiciona un párrafo tercero en el artículo 8, un párrafo segundo al artículo 127 y un artículo 154 en la Ley General de Bienes Nacionales.

En estos párrafos se puede leer:

“El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”, Decreto en el DOF.

 

Mientras en el artículo 127 se destaca que en el caso de que no existan accesos en la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre, tendrán que permitir el paso.

Por otro lado el artículo 154 destaca que de no cumplir con estas nuevas disposiciones se sancionará con multa de entre 3 mil hasta 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

Esto convertido en pesos va desde 260 mil 640 hasta un millón 42 mil 560 pesos.