MENTE MUJER

Mente Mujer: Puestos directivos para ellas, por cuota, en la Unión Europea

El eurodiputado Cañas dijo que es contrario a las cuotas, pero cuando la realidad no corrige una cultura, es necesario implementar mecanismos para cambiarlo

MUNDO

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60% de los nuevos graduados universitarios en la UE, son mujeresCréditos: EHDM

La Unión Europea (UE) acordó, en la primera semana de junio, un proyecto de ley para establecer una representación mínima de 40 por ciento de mujeres en los puestos directivos no ejecutivos o de 33 por ciento de todos los puestos directivos de las grandes empresas europeas.

El eurodiputado de Ciudadanos (Cs), Jordi Cañas, dijo en entrevista para Mente Mujer, que “nosotros somos contrarios a las cuotas, pero cuando la realidad no corrige un error, más que un error, no corrige una determinada cultura, es necesario implementar mecanismos para cambiarlo”.

“No me puedo creer que en las grandes empresas europeas no existan mujeres, que por evolución natural puedan ejercer cargos de representación para sus empresas, hace 70 o 40 años podría ser, pero ahora no; ahora hay más ingenieras que hombres, más mujeres doctoras que hombres”, resaltó el político catalán.

De acuerdo con el Consejo Europeo, "las mujeres representan alrededor de 60 por ciento de los nuevos graduados universitarios en la UE";, sin embargo, "están muy poco representadas en la toma de decisiones económicas, especialmente en la parte superior".

Las mujeres cobran 5,200 euros menos que los hombres al año y sufren más la temporalidad, según Comisiones Obreras.

En ese sentido, Cañas destacó que “las mujeres ya se han incorporado al ámbito laboral y a las grandes responsabilidades directivas, entonces esos obstáculos hay que removerlos y si no se hace por dinámica natural –lo que debería ser– se tiene que hacer a través de las leyes”.

La iniciativa en Europa, que estuvo bloqueada durante una década, contempla medidas vinculantes para lograr este objetivo. Una vez aprobada, será incorporada a las legislaciones nacionales de los países del bloque europeo y se implementaría a partir del 30 de junio de 2026.

En la actualidad ocho países del bloque ya tienen fijadas cuotas mínimas por género en los consejos de administración de las empresas. Otras 10 naciones habrían optado por recomendaciones legales, mientras que los ocho restantes no contemplan obligación alguna.

Para las empresas que no cumplan con las cuotas de género, la directiva deben explicar sus criterios con claridad, transparencia y subrayar la neutralidad de sus procesos para elegir a quienes ocupan los puestos de dirección.

Además, deberán priorizar al género infrarrepresentado cuando haya candidatos de diferente sexo en igualdad de condiciones.

La batería de medidas para lograr la igualdad continúa con la obligación para las compañías de publicar los criterios de calificación cuando el candidato no seleccionado lo pida, siendo las sociedades las responsables de demostrar que no se ha transgredido ninguna medida.

La Comisión dejó claro que no cumple con esa directiva, los Estados miembros deben imponer castigos disuasorios, y esto incluye multas y la anulación del nombramiento impugnado.

“No me puedo creer que en las grandes empresas europeas no existan mujeres, que por evolución natural puedan ejercer cargos de representación para sus empresas, hace 70 o 40 años podría ser, pero ahora no”. Jordi Cañas. Eurodiputado de Ciudadanos (Cs)

ELEMENTOS

  • 60% de los nuevos graduados universitarios en la UE, son mujeres.
  • 5,200 euros menos cobran las mujeres que los hombres al año y sufren más la temporalidad.
  • Ocho países del bloque ya tienen fijadas cuotas mínimas por género en los consejos de administración de las empresas.
  • Otras 10 naciones habrían optado por recomendaciones legales en la Unión Europea.
  • Los ocho países restantes que integran el bloque europeo restantes no contemplan obligación alguna.

OBLIGACIONES PARA LA IGUALDAD

  • Las compañías deben publicar los criterios de calificación cuando el candidato no seleccionado lo pida.
  • Las sociedades son las responsables de demostrar que no se ha transgredido ninguna medida.
  • Deberán priorizar al género infrarrepresentado cuando haya candidatos de diferente sexo en igualdad de condiciones.
  • Los Estados miembros deben imponer castigos disuasorios, que incluye multas y la anulación del nombramiento impugnado.

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