EUTANASIA

¡Histórico! España legaliza la eutanasia y el suicidio asistido

La ley entrará en vigor, después de una moratoria de tres meses, convirtiendo a España en el cuarto país europeo en permitir la muerte asistida

MUNDO

·
En América Latina, solo Colombia acepta la eutanasia, sin embargo no existe legislación alguna al respecto. FOTO: ESPECIALCréditos: FOTO: ESPECIAL

Este jueves 18 de marzo el Parlamento español ha hecho historia al aprobar de manera definitiva la ley que despenaliza la eutanasia en España, convirtiendo al país en uno de los pocos en permitir que un paciente incurable o con una enfermedad que le generé mucho sufrimiento pueda recibir ayuda para morir.

Siendo una de las prioridades del gobierno de izquierda que gobierna este país europeo, la legislación fue aprobada en el Congreso de los Diputados con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones.

Tras la aprobación de la medida, el presidente del gobierno, Pedro Sánchez, celebró la decisión del Parlamento y apuntó que con ello España es “un país más humano, más justo y más libre”.

Cabe destacar que la ley entrará en vigor, después de una moratoria de tres meses, convirtiendo a España en el cuarto país europeo en permitir la muerte asistida, después de Holanda, Bélgica y Luxemburgo. En América Latina, solo Colombia acepta la eutanasia, sin embargo no existe legislación alguna al respecto.

¿Cómo funcionará?

Esta nueva ley española permitirá que el personal médico administre una sustancia mortal o en su defecto se permita el suicidio asistido proporcionándole al paciente la dosis y que sea él mismo quien la aplique.

Es importante recalcar que no cualquier persona puede ser candidato a una eutanasia, pues la nueva legislación prevé que sean solamente todas las persona con una "enfermedad grave e incurable" o en su defecto un padecimiento "crónico e imposibilitante".

De este modo sólo los pacientes que cumplen con estas condiciones podrán solicitar ayuda para morir y así evitarse "un sufrimiento intolerable".

Las estrictas condiciones destacan que los candidatos a una muerte asistida sean: de nacionalidad española o residente legal, sea "capaz y consciente" al hacer la petición, que debe formular por escrito "sin presión externa" y repetir quince días más tarde.

De igual forma se estipula que el médico siempre podrá rechazar la petición si considera que el paciente no cumple los requisitos. Además, debe ser aprobada por otro médico y por una Comisión de Evaluación.

SSB